Proceso monitorio: procedencia, contenido de la demanda y trámite (Arts. 419-421)
Clasificado en Derecho
Escrito el en
español con un tamaño de 3,17 KB
Proceso monitorio
1. Proceso monitorio
1.1 Procedencia (Art. 419)
- Únicamente obligaciones de «dar», esto es, sumsas de dinero.
- De naturaleza contractual.
- Determinada (cuantificable) y exigible.
- De mínima cuantía.
- No es obligatorio que conste en documento; bastará la simple afirmación.
3
1.2 Contenido de la demanda (Art. 420)
- La designación del juez a quien se dirige.
- El nombre y domicilio del demandante y del demandado y, en su caso, de sus representantes y apoderados.
- La pretensión de pago expresada con precisión y claridad.
- Los hechos que sirven de fundamento a las pretensiones, debidamente determinados, clasificados y numerados, con la información sobre el origen contractual de la deuda, su monto exacto y sus componentes.
- La manifestación