Régimen de Responsabilidad Penal de Menores: Principios, Ejecución y Protección a la Víctima
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El Régimen de la Responsabilidad Penal de los Menores en la Legislación Española
El Artículo 19 del vigente Código Penal, aprobado por la Ley Orgánica 10/1995, de 23 de noviembre, fija la mayoría de edad penal en los dieciocho años y exige la regulación expresa de la responsabilidad penal de los menores de dicha edad en una ley independiente.
Principios Rectores de la Ley Orgánica de Responsabilidad Penal de Menores
La redacción de la Ley Orgánica ha sido conscientemente guiada por principios generales que se derivan de los criterios y orientaciones que conformaron su texto. Estos principios son:
- Naturaleza formalmente penal, pero materialmente sancionadora-educativa del procedimiento y de las medidas aplicables a los infractores menores