Protección del Expropiado: Reversión y Ocupaciones Temporales
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Las Garantías del Expropiado: Reversión y Ocupaciones Temporales
La protección frente a las vías de hecho es fundamental, pero la más importante es la reversión. La expropiación forzosa es un negocio jurídico causal; si desaparece la causa, también deja de existir el motivo o finalidad por el que el expropiado fue despojado de su bien. La reversión debe calificarse como un fenómeno de invalidez sobrevenida a la expropiación por la desaparición del elemento esencial de la causa. La jurisprudencia mayoritaria considera la reversión como una condición resolutoria del negocio jurídico expropiatorio.
Casos en los que No Procede la Reversión
No procederá la reversión en los siguientes casos:
- Cuando simultáneamente a la desafectación