Regulación Jurídica de Parejas de Hecho y Uniones Estables en España
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Cuestiones Clave sobre Derecho de Familia y Convivencia en España
Cuestión 10: Parejas de Hecho y Doctrina del Tribunal Constitucional
Sobre las parejas de hecho, atendiendo a la doctrina del Tribunal Constitucional (TC), solo se puede hacer una de las siguientes afirmaciones. Señálela.
- A) La realidad social de las parejas de hecho puede ser regulada, respetando determinados límites, solo por el legislador autonómico.
- B) La regulación de la realidad social de las parejas de hecho, dentro de las competencias del respectivo legislador, no es contraria ni al artículo 32 ni al 149.1.8º de la Constitución Española (CE).
- C) El régimen jurídico de las parejas de hecho puede incorporar preceptos imperativos aplicables sin la previa asunción