Fundamentos y Diferencias de las Obligaciones en el Derecho Romano
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La obligación en el derecho público y en el derecho privado
El derecho público regula cuestiones que atañen al gobierno de los romanos, la organización y las funciones del Estado, su relación con los particulares y con otros Estados.
El derecho privado se refiere solo a las relaciones entre los particulares, es decir, a las de carácter familiar o patrimonial, y es posible clasificarlo en: derecho civil, honorario, de gentes y natural.
Disposiciones y dinámicas jurídicas
- La Ley de las XII Tablas contiene disposiciones tanto de carácter público como privado.
- Intervienen en actos de derecho privado los magistrados, pretores y ediles, quienes tienen como función impartir justicia entre particulares, siendo los creadores del ius honorarium.