Interpretación y Cumplimiento de Contratos: Criterios Objetivos e Integración
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T.22. Criterios Interpretativos de Carácter Objetivo
Interpretación Sistemática
Necesidad de atender a una interpretación sistemática del conjunto contractual, art. 1285 CC: “Las cláusulas de los contratos deberán interpretarse las unas con las otras, atribuyendo a las dudosas el sentido que resulte del conjunto de todas”. Un contrato es un todo coherente y unitario que no admite separaciones, puesto que cada cláusula encuentra su razón de ser.
Exclusión de la Anfibología y Principio de Conservación del Contrato
Evitar el doble sentido, sin sentido o pluralidad de aceptaciones de una fórmula. Dos artículos presiden esta idea motriz:
- Art. 1284 CC: “Cláusula de contratos que admite diversos sentidos, deberá entenderse en el más
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