Análisis Comparativo de las Constituciones Españolas de 1812 y 1876

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Constitución de 1812: La Pepa

Tras derrotas como la de Ocaña, las juntas revolucionarias acaban por disolverse, convocándose Cortes en Cádiz. Se reunieron 300 diputados (liberales y absolutistas) y se inauguraron en septiembre de 1810.

Durante más de tres años desarrollaron una intensa actividad legislativa que permitió sentar las bases de un nuevo sistema liberal mediante la creación de una Constitución (conocida popularmente como *La Pepa*) el 19 de marzo de 1812, cuyas características principales fueron:

  • Estado Confesional: Vinculándose a la religión católica y no permitiéndose ninguna otra.
  • Soberanía Nacional: Se ejerce el poder en representación de los ciudadanos, limitándose el poder del rey.
  • División de Poderes: El poder legislativo reside en las Cortes, el ejecutivo en el rey, y el judicial es competencia de los tribunales.
  • Parlamento Unicameral.
  • Sufragio Universal Masculino Indirecto.
  • Se definían una serie de derechos individuales: De educación, libertad de pensamiento, igualdad, etc.

Las Cortes aprobaron diferentes Decretos destinados a reformar los ámbitos agrario e industrial. Las circunstancias de la guerra dificultaron la puesta en práctica de estas reformas, así como de la Constitución, que contó con la oposición de los sectores absolutistas, quienes anhelaban la vuelta de Fernando VII para restablecer la situación anterior a 1808.

Constitución de 1876

En 1874, el futuro rey Alfonso XII hizo público desde su exilio en Gran Bretaña el Manifiesto de Sandhurst. El pronunciamiento de Sagunto, dirigido por Martínez Campos, aceleró su proclamación como nuevo rey.

Esta Constitución fue creada durante la Restauración y es de carácter liberal y conservador. En cuanto a la religión, la católica es la oficial, aunque se permiten otras religiones pero no en público, manteniendo el estado confesional. La soberanía es compartida por el Rey y las Cortes. El sufragio es censitario, aunque se convirtió en Sufragio Universal Masculino a partir de 1890. No tenía una clara división de poderes y las Cortes son bicamerales. Contiene una amplia declaración de derechos y libertades individuales, aunque su posterior regulación se dejaba al ejecutivo.

La Constitución de 1876 favoreció la estabilidad política, ya que tenía un carácter conservador y se redactó con el objetivo de que gobernaran los dos partidos del turno de manera estable, sin tener que cambiarla cada vez que un nuevo partido accedía al poder.