Artículos principales de la Constitución de 1812: análisis y contexto de La Pepa

Francés6,44 KB

1. Artículos principales de la Constitución de 1812

Nos encontramos ante la selección de los principales artículos de la Constitución de 1812, aprobada en Cádiz el día 19 de marzo de 1812 y popularmente conocida como «La Pepa».

En primer lugar, presentamos la clasificación del texto. Se trata de un texto dividido en artículos y de carácter legal, además de los anexos concretos; por lo tanto, es un texto jurídico-legislativo y circunstancial. El texto tiene un carácter eminentemente político, pues muestra el intento de desmontar el Antiguo Régimen, pasando a una monarquía liberal y parlamentaria. La contextualización del texto se nos presenta en Cádiz, en el año 1812, cuestión de la que posteriormente hablaremos de forma más extensa.

El autor es colectivo, pues el texto fue elaborado por las Cortes de Cádiz, donde tendrían una presencia importante las ideas liberales, que se van a mostrar en buena parte de la Constitución. Finalmente, el texto tiene un destino colectivo, el pueblo español; es un texto nacional, público y oficial. Se trata de una fuente primaria.

2. Análisis del texto

En segundo lugar, al pasar al análisis, dividimos el texto en cinco grandes bloques de artículos:

Bloque I: definición de la nación y soberanía nacional

Los artículos 1, 2 y 3 presentan la definición de la nación española, así como defienden el principio de soberanía nacional. Como términos más importantes podemos señalar las siguientes expresiones:

  • «ambos emisferios»: se refiere a la necesidad de integrar a los ciudadanos de las colonias.
  • «patrimonio»: alude al problema de las abdicaciones de Bayona, ya que los Borbones dejaron el trono español en manos de los Bonaparte, con la consiguiente Guerra de la Independencia (1808-1814) frente a la invasión francesa en España.

Bloque II: derechos y deberes

Los artículos 4 y 6 muestran los principales derechos y deberes que recoge la Constitución de Cádiz. En este sentido, destacamos los términos «libertad», «propiedad», etc., que ponen de manifiesto la influencia de los principios de la Revolución francesa, así como la importancia de la burguesía en la elaboración del texto, con la relevancia que se da a la idea de propiedad privada.

Bloque III: religión católica

Se compone del artículo 12, donde se expone un Estado confesional, con la religión católica como única posible. Este es el aspecto más conservador de la Constitución, que denota la influencia de la Iglesia y de los absolutistas.

Bloque IV: división de poderes

En este bloque, los artículos 15, 16, 17 y 27 recogen la división de poderes, en:

  • Legislativo: Cortes unicamerales con el rey.
  • Ejecutivo: rey, con derecho de veto.
  • Judicial: independencia del poder judicial.

En las Cortes se deposita la soberanía nacional, destacando la aparición de un término nuevo e importante: «ciudadanos», que supone un cambio frente al concepto de «súbdito», que era esencial en la sociedad del Antiguo Régimen. Los ciudadanos tienen derechos y deberes, frente a la idea de súbdito, que solo tiene deberes frente al monarca absoluto.

Bloque V: limitaciones del poder real

El último bloque lo formarían los fragmentos que aparecen seleccionados pertenecientes al artículo 172. En ellos se definen las limitaciones del poder real, de cara al futuro retorno de Fernando VII. Estas limitaciones frente a la monarquía absoluta son las Cortes y la Constitución, con lo que se crea la monarquía constitucional. Destaca el término «Cortes», que se proponen en un sentido diferente a las Cortes del Antiguo Régimen, y la palabra «prerrogativas», que busca evitar los sucesos de Bayona, con el traspaso de determinados derechos de una dinastía a otra.

3. Conclusiones del análisis

Para finalizar el análisis del texto, cabe decir que la idea principal se desarrolla en buena parte de los artículos, pero sobre todo en el último bloque: se da un cambio de régimen político, pasando de la monarquía absoluta a la monarquía limitada.

De esa idea principal, como consecuencia, se derivan las ideas secundarias:

  • Aspectos de cambio, con los que se limita el poder del rey: división de poderes, papel de las Cortes, soberanía nacional, derechos y deberes, etc.
  • Pervivencias del Antiguo Régimen: no hay libertad religiosa.

4. Contexto histórico

Tema: crisis del Antiguo Régimen en España

Los puntos fundamentales son:

  • La Guerra de la Independencia con la invasión napoleónica.
  • El retorno del absolutismo a España.
  • Iniciación así la lucha entre absolutismo y liberalismo.

Las Cortes se reunieron entre 1810 y 1814, y aprobaron la Constitución de Cádiz, en la única ciudad que no había caído en manos francesas.

5. Conclusión

Debemos decir que es importante conocer este texto, ya que fue la primera constitución de la historia de España, siendo pionera en diferentes aspectos, al mismo tiempo que nos permite conocer el lenguaje del liberalismo en España.

La Constitución de Cádiz tuvo una escasa aplicación: solamente en el Trienio Liberal (1820-1823) y más en 1836. Esta constitución influyó en otros textos españoles (derechos), así como en las ideas de los liberales de América del Sur y de Europa.

Debemos poner en relación este texto con otros: el Manifiesto de los Persas, el Decreto de 4 de mayo de 1814, con la eliminación de la obra de Cádiz; la Constitución de 1869 (libertades tomadas de la del 12) y la de 1931 (Cortes unicamerales, siguiendo el modelo de Cádiz).

Descargar

PDF Word HTML