Aspectos de un empresario
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NORMATIVA REGULADORA DE
LA Relación LABORAL Ampliación: el principio de jerarquía normativa establece
El orden de aplicabilidad de las normas jurídicas y el criterio para solucionar
Las posibles contradicciones entre normas de distinto rango. Ademas del
Principio de jerarquía, también se han de tener en cuenta unos principios
Propios del derecho del trabajo, que son los siguientes: Pº NORMA Mínima: las
Normas laborales de jerarquía superior establecen las condiciones mínimas que
Deben tener los trabajadores y que deben ser respetadas. Las normas de rango
Inferior pueden establecer mejores condiciones que las de rango superior, pero
Nunca mejorarlas. PºNORMA MAS FAVORABLE: cuando existan 2 o más normas, de
Cualquier rango, aplicable a un caso concreto se aplicará la más favorable para
El trabajador. La norma en cuestión se aplicará en su totalidad. Pº DE
IRRENUNCIABILIDAD DE DERECHOS: los trabajadores no pueden renunciar a los
Derechos que las normas les reconocen. Pº Condición MAS BENEFICIOSA: si se
Aprueba una nueva norma laboral que establezca peores condiciones laborales que
Las del contrato, se mantendrán las del contrato por ser la más beneficiosa
Para el trabajador. Pº IN DUBIO PRO OPERARIO: cuando una norma no está clara y
Puede dar origen a diferentes interpretaciones, siemrpe se deberá aplicar la
Más positiva para el trabajador. CONTRATO DE TRABAJO: acuerdo por el que un
Trabajador y un empresario manifiestan su voluntad de intercambiar servicios
Que ofrece el primero a cambio de la retribución que ofrece el segundo. SUJETOS
DEL CONTRATO: Trabajador (+18, menores emancipados, +16 -18, pero no pueden
Participar en espectáculos públicos) y empresario(personas físicas o jurídicas,
Publicas o privadas,comunidades de bienes o ETT) ELEMENTOS
ESENCIALES DEL CONTRATO: Objeto:la prestación del servicio por parte del
Trabajador y el salario que entrega el empresario //causa: voluntad de
Intercambiar trabajo por salario //consentimiento: voluntad libre y de mutuo
Acuerdo por las partes que intervienen en el contrato FORMAS DEL CONTRATO: se
Puede celebrar por escrito o de palabra -obligatoriamente deben constar por
Escrito, por lo menos, estos contratos: los de prácticas, los fijos
Discontinuos, los de obra o servicio determinado. Duración DEL CONTRATO. Puede
Ser por tiempo indefinido o por duración determinada. -se podrá contratar por duración
Determinada: cuando sea para realizar una obra o servicio determinado , por acumulación
De tareas y para sustituir a trabajadores con derecho a reserva del puesto
EL PERIODO DE PRUEBA: clausula optativa que es conveniente reflejarla por
Escrito. El trabajador en periodo de prueba tiene los mismos derechos y
Obligaciones que cualquiera de la plantilla. Duración DEL PERIODO DE PRUEBA. La
Que se establezca en el CC, y a falta de regulación en CC: -técnicos titulados:
6 meses –en empresas con 25 o más trabajadores: 2 meses –en empresas con menos
De 25 trabajadores: 3 meses