Aspectos de un empresario

Clasificado en Formación y Orientación Laboral

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NORMATIVA REGULADORA DE LA Relación LABORAL Ampliación: el principio de jerarquía normativa establece El orden de aplicabilidad de las normas jurídicas y el criterio para solucionar Las posibles contradicciones entre normas de distinto rango. Ademas del Principio de jerarquía, también se han de tener en cuenta unos principios Propios del derecho del trabajo, que son los siguientes: Pº NORMA Mínima: las Normas laborales de jerarquía superior establecen las condiciones mínimas que Deben tener los trabajadores y que deben ser respetadas. Las normas de rango Inferior pueden establecer mejores condiciones que las de rango superior, pero Nunca mejorarlas. PºNORMA MAS FAVORABLE: cuando existan 2 o más normas, de Cualquier rango, aplicable a un caso concreto se aplicará la más favorable para El trabajador. La norma en cuestión se aplicará en su totalidad. Pº DE IRRENUNCIABILIDAD DE DERECHOS: los trabajadores no pueden renunciar a los Derechos que las normas les reconocen. Pº Condición MAS BENEFICIOSA: si se Aprueba una nueva norma laboral que establezca peores condiciones laborales que Las del contrato, se mantendrán las del contrato por ser la más beneficiosa Para el trabajador. Pº IN DUBIO PRO OPERARIO: cuando una norma no está clara y Puede dar origen a diferentes interpretaciones, siemrpe se deberá aplicar la Más positiva para el trabajador. CONTRATO DE TRABAJO: acuerdo por el que un Trabajador y un empresario manifiestan su voluntad de intercambiar servicios Que ofrece el primero a cambio de la retribución que ofrece el segundo. SUJETOS DEL CONTRATO: Trabajador (+18, menores emancipados, +16 -18, pero no pueden Participar en espectáculos públicos) y empresario(personas físicas o jurídicas, Publicas o privadas,comunidades de bienes o ETT) ELEMENTOS ESENCIALES DEL CONTRATO: Objeto:la prestación del servicio por parte del Trabajador y el salario que entrega el empresario //causa: voluntad de Intercambiar trabajo por salario //consentimiento: voluntad libre y de mutuo Acuerdo por las partes que intervienen en el contrato FORMAS DEL CONTRATO: se Puede celebrar por escrito o de palabra -obligatoriamente deben constar por Escrito, por lo menos, estos contratos: los de prácticas, los fijos Discontinuos, los de obra o servicio determinado. Duración DEL CONTRATO. Puede Ser por tiempo indefinido o por duración determinada. -se podrá contratar por duración Determinada: cuando sea para realizar una obra o servicio determinado , por acumulación De tareas y para sustituir a trabajadores con derecho a reserva del puesto EL PERIODO DE PRUEBA: clausula optativa que es conveniente reflejarla por Escrito. El trabajador en periodo de prueba tiene los mismos derechos y Obligaciones que cualquiera de la plantilla. Duración DEL PERIODO DE PRUEBA. La Que se establezca en el CC, y a falta de regulación en CC: -técnicos titulados: 6 meses –en empresas con 25 o más trabajadores: 2 meses –en empresas con menos De 25 trabajadores: 3 meses

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