Bienes

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DERECHO DE PROPIEDAD: es el derecho de usar gozar y disponer de una cosa de manera exclusiva, con las restricciones y obligaciones establecidas por la ley. CARACTERISTICAS EXCLUSIVO se beneficia solo el titular del derecho ABSOLUTO el titular hace valer su derecho frente a todos (caracter erga omnes) PERPETUO la propiedad se extinge en el tiempo, pasando a los desendientes por susecion. ELASTICO los atributos de uso, goce pueden ser cedidos y al finalizar el propietario recupera los poderes sobre la cosa. AUTONOMO existe por si mismo, no se requiere el soporte de otro derecho.ELEMENTOS INTEGRANTES DE LA PROPIEDAD SUJETIVO personas naturales y juridicas OBJETIVO todos los bienes exepto los del dominio publico de uso publico MODOS DE ADQUIRIR LA PROPIEDAD a) ORIGINARIA Y DERIBATIVA cuando el derecho se adquiere directamente de modo autonomo y DERIBATIVA cuando se origina de una relacion prexistente que origina el derecho a favor del nuevo titular. b) VOLUNTARIOS Y NO VOLUNTARIOS suseptible por voluntad del anterior titular o con plena independencia de tal voluntad c) POR ACTOS ENTRE VIVOS transpaso de derecho durante la vida de las personas d) A TITULO UNIVERSAL cuando la transferencia versa sobre una universalidad o sobre una parte alicuota de una universdalidad. e) A TITULO PARTICULAR implica la transmision de una fraccion detrerminada del patrimonio de una persona.. MODO DE TRANSMISION DE LA PROPIEDAD a) POR LEY (accesion, prescripcion adquisitiva, remate judicial judicial b) POR SUCESION c) CONTRATOS. MODOS DE PERDIDA DE LA PROPIEDAD a) por causas absolutas - destruccion de la cosa b) por causas relativas - transferencia y otros c) en forma general voluntarias e involuntarias.DERECHOS REALES LIMITADOS constituyen un poder directo sobre una cosa perteneciente a otro y confieren al titular la capacidad de gozaren todo o en parte de la utilidad de la cosa ajena CARACTERISTICAS tienes autonomia propia existencia propia- estos derechos reales subsisten. ACCIONES REALES para concebir el ejercicio de alguno de los atributos de la propiedad, se debe poder ejercer las acciones necesarias para la tutela frente a las eventuales intromiciones ajenas. ACCIONES PERSONALES puede el sujeto recurrir ante los tribunales competentes a impedir o reparara lesiones a su derecho, cada vez que se hayan ocurrido a pueda verificarse estas. ACCIONES PETITORIAS tienden a reconocer la existencia del derecho de propiedad en el titular del dominio, quien por su efecto erga omnes pordra hacer valer ese titulo frente a cualquier persona. ACCIONES POSESORIAS a los fines de su ejercicio no se requiere la titularidad del derecho de propiedad por parte del actor, sino la posesion. ACCION REIVINDICATORIA es aquella que tiende hacer reconocer el derecho del propietario y hacerle obtener la posesion de la cosa con los frutos y accesiones, es una accion real, le da la posibilidad al propietario de perseguir la cosa para hacerla suya este en manos de cualquiera, es lo que se denomina derecho de persecucion, REQUISITOS PARA QUE PROCEDA 1-el derecho de propiedad o dominio del actor 2-el hecho de encontrarse el demandado en posesion de la cosa reivindicada3- la falta de derecho a poseer del demandado.4- la identidad de la cosa reclamada sea la misma sobre la cual el actor alega derechos como propietario, SEGUN LA DOCTRINA VENEZOLANA 1-cosa singular reivindicable 2-derecho de propiedad del demandante 3-posesion materia del demandado.4 - identidad de la cosa objeto de la reivindicacion. EL ACTOR DEBERA PORBAR EN JUICIO 1 que es propietario de la cosa 2.- que el demandado posee o detenta el bien 3- que el bien cuyo dominio pretende es el mismo que posee o detenta el demandado.EFECTOS DE LA REIVIDICACION la declaracion de la existencia de la titularidad del dominio por parte del actor, con eficacia erga omns segun lo establece la doctrina,- la restitucion de la posesion dispone que el ilegitimo poseedor devuelva la cosa al propietario.


EL USUFRUCTO es el derecho real de usar y gozar temporalmente de ñas cosas cuya propiedad pertence a otro, del mismo modo que lo haria el propietario, es un derecho limitado de goce sobre cosa ajena, tiene duracion temporal. el uso y goce son dos prerrogativas distintas que se derivan del derecho de usufruto FORMAS DE CONSTITUIR EL USUFRUCTO mediante negocio juridicos y la usucapion y dijimos que hay derechos reales en bien propio como el derecho de propiedad y derechos reales en bien ajeno como lo son el usufrutao, el uso y la habitacion, son desmenbraciones del derecho de propiedad, es decir , que pueden pertenecer a persona distinta como el usufructuario o el usuario.OBJETO DEL USUFRUCTO puede ser constituido sobre cualqui especie de bienes muebles e inmuebles, biene sconsumibles e inconsumibles, fungibles como las infumgibles, coorporales e incorporales, las cosas singulares como los universales. CONSTITUCION DEL USUFRUCTO por ley o por voluntad del hombre, se puede constituir por tiempo fijo pero no a perpetuidad, puramente o bajo condicion, se puede constituir a favor de una o varia spersona o sucesivamente OBLIGACIONES DEL USUFRUCTUARIO obligacion de practicar inventario, de dar causion, de hacer uso de sus derechos como un buen pater familia EXTINCION DEL USUFRUCTO por muerte del usufructuario aunque el plazo no este vencido-por renuncia del derecho-por expiracion del termino-consolidacion cualidades de usufructuario y propietario porduce la extincion del usufructo-por prescripcion extintiva se extinge por el no uso o desuso durante 15 años-perecimiento de la cosa al desaparecer totalmente la cosa-extralimitacion del usufructuario por abuso enagenandolos, deteriorandolo dejandolo perecer. EL TIEMPO MAXIMO DE CONTITUCION ES DE 30 AÑOS. DERECHO DE HABITACION consiste en el poder de habitar en una cosa, limitadamente a la sncesidades propias y de la propia familia. los derechos de uso y habitacion no pueden ser cedidos ni arrendados. EL HOGAR derecho que le permite a la persona sacar fuera de su patrimonio algunos bienes para utilizar en su subsistencia y la de su familia, yq ue estos bienes quedan libre de persecucion por parte de acreedores y seran intocables. OBJETO DEL HOGAR puede ser una cosa en poblado o fuera de el, destidad a vivienda principal de ña familia. CONTITUCION DEL HOGAR PROCEDIMIENTO solicitud y pruebas documentales el interesado de debe declarar por escrito ante el juez de 1º con juridiccion dodne esta ubicado el inmueble, debe indicar las personas beneficiadas, AVALUO sera ordenado por el juez por 3 peritos PUBLICIDAD DE LA SOLICITUD el juez ordena la publicacion en prensa locas durante 90 dias una vez cada 15 dias. DECLARACION DEL ORGANO JUDICIAL protocolizacion y publicacion sin que hubiese hecho oposicion ningun interesado, se declara constituido el hogar EXTINCION DEL HOGAR por extincion del derecho por desaparicion de los supuesto condicionantes-por desafectacion el hogar no podra enajenarce ni gravarse sin oirse previamente a todas las persona. - en los casos de divorcio o separacion judicial de cuerpos- en la muerte de algunos beneficiarios. LA SERVIIDUMBRE es un derecho real, recae sobre cosa ajena, es una limitacion del derecho comun de propiedad, la servidumbre constituye una relaion entre predios. las servidumbres son indivisibles CLASIFICACION DE LAS SERVIDUMBRES CONTINUAS aquellas cuyo ejercicio es o puede ser continuo, sinque alla necesifda de un hecho actuald el hombre para tal ejercicio tale scomo acueductos, desagues de los techos, las vistas Y DISCONTINUAS las que tienes necesidad del hecho actuald el hombre para su ejerciio, tales como las de paso, las tomas de agua, las de pasto.APARENTES las que se muestran por señales visibles como una puerta una ventana NO APARENTES aquella cuya señal no se indica con ninguna señal visiblecomo la de no edificar en un previo. POSITIVAS es donde el titular tiene derecho de cumplir cualquier acto sobre el fundo sirviente comopasar por el extraer agua. NEGATIVAS el titular tiene derecho de impedir al propietario del fundo sirviente hacer cualquier cosa que en fuerxza de si derecho de propiedad estaria facultado para hacer. CONSTITUCION DE LAS SERVIDUMBRES POR TITULO todo acto o negocio juridicio inter vivos o mortis causa gratuito oneroso que da origen a la servidumbre. POR USUCAPION la prescripcion adquisitiva es un modo originario de aquirir, aplicable a la servidumbres POR DESTINACION DEL PADRE DE FAMILIA

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