Clasificación de las actuaciones judiciales

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2. Separación o divorcio solicitados de mutuo acuerdo o por uno de los cónyuges Con el consentimiento del otro.

Competencia: es competente para conocer del Asunto el Juez Primera Instancia donde se encuentre domicilio conyugal, en caso De distintos partidos judiciales, se tomará en cuenta el último domicilio del Matrimonio o la residencia del demandado.

Tramitación: Al escrito por el que se promueva El procedimiento deberá acompañarse la certificación de la inscripción del Matrimonio y, en su caso, las de inscripción de nacimiento de los hijos en el Registro Civil, así como la propuesta de convenio regulador y el documento o documentos En que el cónyuge o cónyuges funden su derecho. Si algún hecho relevante no Pudiera ser probado mediante documentos, en el mismo escrito se propondrá la Prueba de que los cónyuges quieran valerse para acreditarlo.

Admitida La solicitud de separación o divorcio, el Secretario judicial citará a los Cónyuges, dentro de los tres días siguientes, para que se ratifiquen por Separado en su petición. Si ésta no fuera ratificada por alguno de los Cónyuges, se acordará de inmediato el archivo de las actuaciones, quedando a Salvo el derecho de los cónyuges a promover la separación o el divorcio.

Tras la Ratificación si la documentación aportada fuera insuficiente, el Juez o el Secretario judicial que fuere competente concederá a los solicitantes un plazo De diez días para que la completen. Durante este plazo se practicará, en su Caso, la prueba que los cónyuges hubieren propuesto y las demás que se estimen Oportunas.

Si hubiera Hijos menores o incapacitados, el Tribunal recabará informe del Ministerio Fiscal sobre los términos del convenio relativos a los hijos y oirá a los Menores si tuvieran suficiente juicio cuando se estime necesario.

Finalmente, El tribunal dictará sentencia concediendo o denegando la separación o el Divorcio y pronunciándose, en su caso, sobre el convenio regulador. Concedida La separación o el divorcio, si la sentencia no aprobase en todo o en parte el Convenio regulador propuesto, se concederá a las partes un plazo de diez días Para proponer nuevo convenio.

La Sentencia que deniegue la separación o el divorcio y el auto que acuerde alguna Medida que se aparte de los términos del convenio propuesto por los cónyuges Podrán ser recurridos en apelación.

La Sentencia o el auto que aprueben en su totalidad la propuesta de convenio sólo Podrán ser recurridos, en interés de los hijos menores o incapacitados, por el Ministerio Fiscal.

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