Clasificación de Empresas y Responsabilidad Social Corporativa: Conceptos Clave

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Entorno Empresarial y Responsabilidad Social

Análisis del Entorno

  • Entorno específico: Factores que afectan directamente al sector.
  • Entorno general: Factores macroeconómicos y sociales.
  • Rivalidad: Competencia directa en el mercado.

Responsabilidad Social Corporativa (RSC)

  • Social: Actitud de la empresa ante las demandas de la sociedad.
  • Medioambiental: Tratar eficazmente emisiones y vertidos, reciclar y ahorrar energía.
  • Impacto de la empresa en su entorno (Externalidades): Son los efectos de la actuación de la empresa sobre la sociedad y el medio ambiente.

Clasificación según la Forma Jurídica

Empresa Individual y Comunidad de Bienes (C.B.)

  • Personalidad jurídica: No tienen personalidad jurídica propia.
  • Aportaciones: En ambos casos pueden aportarse trabajo, dinero y bienes/servicios sin límites.
  • Denominación: La empresa individual debe llamarse como el fundador; la C.B. requiere al menos 2 socios.
  • Derechos: En la C.B., los derechos son proporcionales a las aportaciones.
  • Responsabilidad: Ilimitada y universal (no se distingue entre patrimonio personal y empresarial).
  • Seguridad Social y Fiscalidad: Los titulares deben inscribirse en el RETA y tributan en el IRPF según un porcentaje del beneficio.

Sociedades Anónimas (S.A.)

  • Naturaleza: Capitalistas.
  • Denominación: Cualquier nombre seguido de "S.A.".
  • Socios: Mínimo 1 (S.A.U.).
  • Capital social mínimo: 60.000 €.
  • División del capital: Acciones.
  • Responsabilidad: Limitada a lo aportado.
  • Fiscalidad: Los beneficios tributan al Impuesto de Sociedades (I.S.).
  • Órganos: Junta de accionistas y administradores.
  • Derechos de los socios: Participar en los beneficios, participar en la parte que les corresponde y votar en la junta.
  • S.A.U. (Sociedad Anónima Unipersonal): Un solo socio (físico o jurídico). Utilizada por grandes empresas para separar negocios.
  • Constitución: Redacción de estatutos y registro en el Registro Mercantil.
  • Propiedades de las acciones: Partes alícuotas del capital social.
  • Tipos de valor:
    • Valor Nominal (VN): Aquel por el que se emiten.
    • Valor de Cotización (VC): Aquel que está dispuesto a pagar un inversor en cada momento.
    • Valor Teórico (VT): Valor estimado / número de acciones.

Sociedad Limitada (S.L. o S.R.L.)

  • Socios: Mínimo 1.
  • Capital social mínimo: 3.000 €.
  • División del capital: Participaciones.
  • Responsabilidad: Limitada.
  • Constitución: Registro Mercantil.
  • Fiscalidad: IVA e I.S.
  • Limitaciones: No pueden conseguir financiación mediante emisión de bonos ni cotizar en bolsa.

Cooperativas

  • Definición: Personas con intereses y necesidades comunes que se asocian para realizar una actividad empresarial.
  • Funcionamiento: Sin ánimo de lucro.
  • Socios: Pueden aportar capital o trabajo.
  • Responsabilidad: Limitada.
  • Requisitos: Cada comunidad autónoma establece un número mínimo de socios.
  • Denominación: Nombre + S. Cooperativa.
  • Órganos de gobierno: Asamblea General (todos los cooperativistas) y Consejo Rector (órgano de gestión).