Clasificación de los ingresos públicos: tributarios, patrimoniales y crediticios
Resumen
El texto explica las principales clasificaciones de los ingresos públicos según la naturaleza del derecho que origina la entrada de dinero y según la naturaleza de las normas que los rigen. Un estudiante aprenderá a distinguir entre ingresos tributarios, patrimoniales y crediticios, y entre ingresos de Derecho público y de Derecho privado.
Puntos clave
- Por la naturaleza del derecho, los ingresos públicos se dividen en tributarios, patrimoniales y crediticios.
- Los ingresos tributarios se exigen coactivamente a los ciudadanos para financiar el gasto público.
- Los ingresos patrimoniales proceden de la venta o explotación de los bienes patrimoniales del ente público.
- Los ingresos crediticios son préstamos que el ente público debe devolver con intereses.
- Los ingresos de Derecho público nacen de la potestad de imperio y su fuente es la Ley.
- Los ingresos de Derecho privado se obtienen en pie de igualdad con los particulares, normalmente mediante relaciones contractuales.
Clasificación Fundamental de los Ingresos Públicos
Los ingresos públicos, como cualquier concepto jurídico, pueden clasificarse de diversas formas. Las clasificaciones más usuales son las siguientes:
1. Clasificación por la Naturaleza del Derecho
Por la naturaleza del derecho que determina la entrada de la suma de dinero en el patrimonio del ente público, los ingresos públicos pueden clasificarse en:
Ingresos Tributarios
Los ingresos tributarios son aquellos que el Estado u otro ente público, con poder o potestad para ello, exige coactivamente de los ciudadanos con la finalidad de financiar el gasto público.
Ingresos Patrimoniales
Los ingresos patrimoniales, por su parte, son aquellos que obtiene el Estado u otro ente público de la venta o explotación de sus bienes patrimoniales.
Ingresos Crediticios
Los ingresos crediticios son los que el Estado o cualquier otro ente público obtiene tomando dinero a préstamo, cantidad que, posteriormente, el ente público debe devolver y por la cual debe pagar intereses.
2. Clasificación por la Naturaleza de las Normas
El segundo criterio de clasificación presenta mayor relevancia, distinguiendo, según la naturaleza de las normas por las que se rige el establecimiento y la obtención del ingreso, entre Ingresos públicos de Derecho privado e Ingresos públicos de Derecho público.
Ingresos Públicos de Derecho Público
El ingreso público de Derecho público se produce cuando la suma de dinero que percibe el ente público la obtiene como consecuencia de su potestad de imperio, es decir, coactivamente, actuando como tal ente público con los poderes y privilegios exorbitantes inherentes a tal condición53. En estos casos, por tanto, la fuente del ingreso reside en la Ley, y el mecanismo de obtención de la suma de dinero está sometido a los esquemas del Derecho público.
Ingresos Públicos de Derecho Privado
El ingreso público de Derecho privado, por el contrario, se da cuando la Administración actúa en pie de igualdad con los particulares en el ámbito de las relaciones jurídicas por medio de las cuales se obtiene la suma de dinero. Aquí, el derecho a la percepción del ingreso no nace de la ley –es decir, no existe coacción por parte del ente público–, sino de una relación jurídica de carácter contractual (por ejemplo, compraventa, arrendamiento, etc.), aunque no siempre tiene que ser así (por ejemplo, es un ingreso de Derecho privado la indemnización por daño satisfecha a un ente público en virtud del art. 1.902 CC).
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PDF Word HTMLPreguntas frecuentes
¿Qué son los ingresos tributarios?
Son los que el Estado u otro ente público con potestad para ello exige coactivamente a los ciudadanos para financiar el gasto público.
¿En qué se diferencian los ingresos de Derecho público de los de Derecho privado?
Los de Derecho público se obtienen mediante la potestad de imperio y su fuente es la Ley. Los de Derecho privado se producen en igualdad con los particulares y nacen de una relación jurídica, normalmente contractual.
¿Qué son los ingresos crediticios?
Son los que el ente público obtiene tomando dinero a préstamo, con la obligación de devolverlo y pagar intereses.
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