Conceptos Clave del Ordenamiento Jurídico y su Estructura
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Teoría de Hart
La Teoría de Hart concibe el ordenamiento como la suma de normas primarias y normas secundarias. Las normas secundarias organizan a las primarias. La norma que da unidad es la de reconocimiento, que determina las características que debe tener una norma para ser considerada como tal. Se manifiesta en la actividad cotidiana de los jueces, y su validez no se cuestiona.
Problemas de la Norma de Reconocimiento
- Circularidad de la regla: Para saber quiénes son los jueces, necesito saber la norma de adjudicación, y para eso necesito la de reconocimiento.
- Pluralidad o unidad de la regla: No está claro si es una o varias.
- Identificación de principios: No identifica principios; estos se identifican por su valor axiológico.
Coherencia del Ordenamiento Jurídico
La coherencia implica la ausencia de antinomias. Una antinomia se produce cuando dos normas que regulan el mismo supuesto dan soluciones incompatibles dentro del mismo ordenamiento jurídico y campo de aplicación.
Tipos de Antinomias
- Totales-totales
- Totales-parciales
- Parciales-parciales
Resolución de Antinomias
- Criterio jerárquico: Lex superior derogat inferiori (La ley superior deroga a la inferior).
- Criterio cronológico: Lex posterior derogat priori (La ley posterior deroga a la anterior).
- Criterio de especialidad: Lex specialis derogat generali (La ley especial deroga a la general).
Conflicto entre Criterios
- El criterio jerárquico prevalece sobre el cronológico.
- Entre el cronológico y el de especialidad, decide el juez.
Plenitud del Ordenamiento Jurídico
Un ordenamiento es pleno cuando regula u ofrece soluciones para cualquier conflicto. Cuando existe una laguna, se recurre a mecanismos de integración. La integración es necesaria porque los jueces no pueden abstenerse de juzgar ("prohibición de non liquet").
Teorías sobre el Espacio Jurídico Vacío
- Lo no regulado jurídicamente es irrelevante (Kelsen: todo lo que no está prohibido está permitido).
- Bobbio: Autointegración, recurriendo a la fuente principal del ordenamiento jurídico.
Mecanismos de Integración
Analogía
Ante un caso no regulado por el derecho, se aplican las consecuencias jurídicas de otro que sí está regulado, siempre y cuando exista una razón o semejanza (no aplicable en ley penal).
Analogía Iuris
Recurso a los principios generales del derecho positivo; de estos principios se extrae uno concreto para la resolución.
Heterointegración
Recurrir a un ordenamiento jurídico diferente a donde se encuentra la laguna (ejemplos: Francia, derecho romano).
Deber Jurídico
El deber jurídico está en la base de cualquier ordenamiento. Para Kelsen, es la acción contraria a la condición de aplicación de una norma.
Bloque de Constitucionalidad
El Bloque de Constitucionalidad es un conjunto de normas interpuestas entre la Constitución y las leyes, que realizan la distribución y delimitación de las competencias entre el Estado y las CCAA. Estas normas enjuician la constitucionalidad de las demás normas ordinarias y tienen la función de resolver conflictos de competencia entre el Estado y las CCAA.
Normas que Forman Parte del Bloque (Rango Inferior a la Constitución)
- Leyes marco de delegación
- Leyes orgánicas de transferencia
- Leyes de armonización