Constitución de 1812 y Guerra de la Independencia: contexto histórico y clasificación
Resumen
El texto analiza la Constitución de 1812, promulgada en Cádiz, como fuente histórico-política, y sitúa su origen en la Guerra de la Independencia (1808-1814). Explica sus principios liberales, la labor legislativa de las Cortes de Cádiz y su influencia posterior. Incluye también las causas, bandos, fases y consecuencias de la guerra.
Puntos clave
- La Constitución de 1812 fue aprobada el 19 de marzo de 1812 en Cádiz y tiene 384 artículos divididos en 10 títulos.
- Consagra la soberanía nacional, la división de poderes, los derechos individuales y la igualdad jurídica, creando una monarquía parlamentaria.
- Reconoce el catolicismo como única religión del Estado (art. 12) y establece la obligación de contribuir a los gastos del Estado sin distinción (art. 8).
- Las Cortes de Cádiz se reunieron el 24 de septiembre de 1810 y promovieron reformas como la abolición de gremios, de la Mesta y de los señoríos.
- La guerra (1808-1814) comenzó tras el motín de Aranjuez y el levantamiento del 2 de mayo de 1808, y terminó con el Tratado de Valençay.
- Fernando VII anuló la Constitución y la obra legislativa de las Cortes al regresar del destierro, imponiendo el absolutismo.
Clasificación y naturaleza del texto
Este extracto de la Constitución de 1812 es formalmente un texto jurídico, y según su contenido es histórico político. La Constitución fue promulgada en Cádiz en 1812, su autor es colectivo, es un texto público dirigido a toda la nación, y es una fuente primaria.
Contexto histórico
La Guerra de la Independencia Española (1808-1814), como ejemplo de la lucha napoleónica contra sus enemigos internacionales dará lugar a la creación de La Junta Suprema Central, surgida de las Juntas Locales y de las Juntas Provinciales, gobernará la España anti napoleónica, con éxitos iniciales como la batalla de Bailen o la resistencia heroica de Zaragoza, pero pronto reducida la lucha a la guerra de guerrillas y al territorio de Cádiz como símbolo de esta España. El 22 de mayo de 1809 la Junta Suprema Central convoca Cortes, finalmente se optó por unas Cortes unicamerales con unos diputados designados por las ciudades con representación en Cortes. Se reunieron en la gaditana Isla de León el 24 de septiembre de 1810, y la mayoría burguesa logró proclamar la Asamblea Nacional unicameral y la Soberanía Nacional, reconociendo a Fernando VII como Rey legítimo. Además de la Constitución, desarrollan una labor legislativa enorme para sustituir el Antiguo Régimen por el liberalismo: Constitución de 1812, decretó sobre libertad de producción y abolición de gremios; abolición de la Mesta, decreto de desamortización, abolición de señoríos nobiliarios y eclesiásticos, abolición de mayorazgos, Ley Agrícola que incluía la libertad de cultivos, etc. El fin de la Guerra de Independencia se produjo tras el Tratado de Valencay, por el que el rey Fernando VII fue “restaurado”.
Lo primero que hizo al volver del destierro fue anular la Constitución y la obra legislativa de las Cortes de Cádiz, imponiendo un gobierno absolutista, en la línea de la Europa de la Restauración” (Congreso de Viena y Santa Alianza) después de derrotar a Napoleón.
Comentario de las ideas principales
Una constitución es una ley redactada y aprobada por un Parlamento democrático y refrendada, si es posible, por referéndum popular, que contiene los derechos y deberes de los ciudadanos, la forma de gobierno y las bases de la organización del Estado. La idea principal del texto consiste, precisamente, en dotar a España de una Constitución que garantice un régimen político liberal y liquide el Antiguo Régimen, y se dirige a todos los ciudadanos españoles “de ambos hemisferios”. Fue aprobada el 19 de marzo de 1812 (San José), de ahí el sobrenombre de la «Pepa» y no fue sometida a referéndum popular por las circunstancias del momento (Guerra de Independencia). Es la Constitución más extensa de las habidas en España (384 artículos, divididos en 10 títulos). Estos artículos recogen los principales rasgos liberales: soberanía nacional, división de poderes de Montesquieu, Monarquía y religión católica, derechos y libertades individuales, igualdad jurídica, etc. Principios liberales como la soberanía nacional, el fin de los privilegios fiscales, y la división de poderes, además de otros más conservadores, como el reconocimiento del Catolicismo como única religión del Estado (art. 12). Aparece el concepto de nación perteneciente a todos los ciudadanos y no a un individuo o familia (art. 2)
liquidando así el concepto de monarquía absoluta y estableciendo una monarquía parlamentaria, y el Rey necesitará la aprobación de las Cortes para abdicar o ceder territorio nacional, para firmar alianzas, contraer matrimonio, y no podrá imponer contribuciones, conceder privilegios, expropiar o privar de su libertad a nadie. En los ciudadanos reside la soberanía nacional (art. 3), que lo ejercerán mediante el sufragio. Establece un sistema político monárquico parlamentario y hereditario, con una división de poderes moderada (art. 15 al 17), ya que el Rey mantiene mucho poder: El poder legislativo corresponde a las Cortes con el Rey, el ejecutivo al Rey, y el judicial a los Tribunales. La Constitución garantizaba los derechos y libertades habituales de la ideología liberal, pero también recogía las obligaciones de los ciudadanos, como el deber de defender a la patria, respetar las leyes, la obligación impuesta por el art. 8 de “contribuir…, sin distinción alguna, en proporción a sus haberes para los gastos del Estado”, acabando con el privilegio de nobleza y clero de no pagar impuestos. El art. 4 menciona la defensa de la propiedad privada.
Respecto a la cuestión planteada: sobre su significación histórica, los periodos de vigencia de la obra de las Cortes de Cádiz y la Constitución de 1812; hay que considerar que fue la primera aprobada por las Cortes en España, desafiando al absolutismo y dando el primer paso hacia un Estado Liberal: Soberanía Nacional, Sufragio, división de poderes, derechos individuales, igualdad jurídica de todos los ciudadanos. A pesar del período absolutista de Fernando VII, las Cortes y la Constitución de 1812, mantendrán su influencia en las próximas décadas,
y el liberalismo acabará imponiéndose definitivamente. Durante el Trienio Liberal se restablecen las Cortes democráticas y la Constitución de 1812, y en los años treinta, con la Regencia de Mª Cristina, otra vez restauran la Constitución de 1812 y el espíritu liberal gaditano, cuando los progresistas asumen el poder en 1835 y hasta que se aprueba la nueva constitución de 1837.
Punto 2. Guerra de la independencia.
2.1 CAUSAS
Las causas de la Guerra de la Independencia Española (1808 – 1814) hay que buscarlas dentro del proceso general de crisis del Antiguo como consecuencia de la Revolución Francesa (1789). Durante los últimos años del reinado de Carlos IV su ministro, Manuel Godoy, se encontraba bajo el influjo de Napoleón, esta alianza condujo a dolorosas derrotas militares, como es el caso de la de Trafalgar (1805), frente al enemigo común, Inglaterra.
En octubre de 1807 Napoleón se decide a invadir Portugal, viejo aliado de Inglaterra, que se saltaba el bloqueo continental al que napoleón sometía a los británicos. Para ello era preciso pasar por España, de esta manera se firma el Tratado de Fontainebleau, por el cual España permitía dicho paso. El descontento por la situación no tardó en hacerse palpable entre una población que además, padecía una grave crisis económica, y ponía sus esperanzas en el heredero del trono, el príncipe Fernando.
El 18 de marzo de 1808 la tensión estalla en el motín de Aranjuez, cuando los partidarios de Fernando tomaron al asalto el palacio real, ante la noticia de que los reyes iban a marchar a América. Godoy fue depuesto y Carlos IV abdicó en su hijo.
Al poco de llegar a Madrid el nuevo Rey, Fernando VII, es llamado por Napoleón para una entrevista en Bayona, Francia, donde tras unas negociaciones vergonzosas la corona acabó en manos de José I Bonaparte, hermano del Emperador. Ya unos días antes la tensa situación convivencia con las tropas francesas estalló en el levantamiento del 2 de mayo de 1808 en Madrid, que fue secundado en otras ciudades del país, aunque la revuelta en Madrid fue aplastada la mecha ya estaba prendida.
2.2 LOS BANDOS
Junto al ejército francés había una pequeña parte de los españoles, los afrancesados (parte de los ilustrados, altos funcionarios, parte de la alta nobleza) apoyaron la monarquía napoleónica. Napoleón había convocado Cortes en Bayona (con una pequeña representación de algunas ciudades) para legitimar el nuevo régimen del rey José I que aprobaron el Estatuto de Bayona (1808). Este Estatuto, que se considera en realidad una Carta Otorgada, pretendía acabar con el Antiguo Régimen (desamortizaciones, desvinculación de mayorazgos y de las tierras de “manos muertas”, fin del régimen señorial, igualdad jurídica, ante los impuestos y el acceso a los cargos públicos. Abolición de la Inquisición e inicio de la reforma administrativa).
La mayoría de la población española tomó el frente patriótico, todos los que se oponían al invasor, desde la mayor parte del clero y la nobleza, que deseaba la vuelta de Fernando VII y el absolutismo, los ilustrados como Floridablanca y Jovellanos que deseaban su vuelta pero para impulsar un programa de reformas, junto a los sectores claramente liberales que querían un sistema liberal-parlamentario, una constitución,
la soberanía nacional, la división de poderes, la abolición de los privilegios estamentales y gremiales y el desarrollo del capitalismo. Además se contó con el apoyo de Inglaterra y Portugal. Ante el vacío de poder, y a la espera de la vuelta de Fernando VII se improvisaron juntas locales y provinciales coordinadas por la Junta Suprema Central que tenía que encargarse de organizar la defensa frente a los invasores franceses.
2.3 LAS FASES DE LA GUERRA DE LA INDEPENDENCIA
Durante las primeras semanas del conflicto los franceses trataron de acabar con la resistencia de las ciudades, destacando el sitio de Zaragoza, defendida por el general Palafox.
1a fase: campaña de Napoleón y ofensivas francesas de 1808-1809.
Tras la derrota de Bailén en julio de 1808, Napoleón acudió con el grueso del ejército
francés, derrotando en Somosierra al ejército español y ocupando Madrid.
2a fase: guerra de desgaste y acción de la guerrilla.
A pesar de la derrota de Talavera en marzo de 1809 frente a Wellington, los franceses consiguen avanzar sobre Levante y Andalucía, donde solo Cádiz resiste gracias a la ayuda británica por mar.
3a fase: derrota de Napoleón y Tratado de Valençay.Wellington avanza por el Sur y reconquista Badajoz. En la primavera de 1812 napoleón decide atacar Rusia, para lo que retira sus mejores unidades de la guerra en España.
El 11 de diciembre se firmaba el tratado de Valençay por el que Fernando VII era restituido en el trono español.
2.4 LAS CONSECUENCIAS
Pérdidas demográficas.
Pérdidas económicas y destrucción.
El expolio y la destrucción del patrimonio histórico-artístico.
Consecuencias morales y psicológicas: crueldad o venganzas.
Políticas:la descomposición del Antiguo Régimen y la emancipación de las colonias americanas.
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PDF Word HTMLPreguntas frecuentes
¿Cuándo se aprobó la Constitución de 1812?
Se aprobó el 19 de marzo de 1812, día de San José, por lo que fue apodada «La Pepa». No fue sometida a referéndum popular debido a las circunstancias de la Guerra de la Independencia.
¿Cuántos artículos tiene la Constitución de 1812?
Tiene 384 artículos, divididos en 10 títulos, siendo la Constitución más extensa de las habidas en España hasta entonces.
¿Qué fue el Tratado de Valençay?
Fue el tratado firmado el 11 de diciembre de 1813 por el que Fernando VII era restituido en el trono español, poniendo fin a la guerra.
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