La Constitución de Cádiz de 1812: origen, estructura y contenido clave
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Resumen
El documento explica el origen de la Constitución de Cádiz de 1812, elaborada por las Cortes extraordinarias, y la división entre liberales y serviles. Recorre su aprobación, su escasa vigencia durante la ocupación francesa y los títulos más relevantes, como la soberanía nacional, la separación de poderes, el sistema electoral indirecto y los derechos individuales.
Puntos clave
- La Constitución fue elaborada por las Cortes extraordinarias o constituyentes y aprobada el 19 de marzo de 1812.
- Surgieron dos tendencias: los liberales, partidarios del pensamiento ilustrado, y los serviles, defensores del absolutismo real.
- Su práctica fue nula hasta la derrota francesa de Los Arapiles, mientras gran parte de España estaba ocupada.
- El artículo 3 establece que la soberanía reside esencialmente en la nación.
- Se regula la separación de tres poderes: legislativo, judicial y ejecutivo.
- El sistema electoral era de sufragio indirecto y censitario, con condiciones para ser diputado en los artículos 91 y 92.
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La Constitución de Cádiz de 1812: Origen y Contexto
Esta es una ley fundamental. Es el marco jurídico que debe ser respetado por todas las leyes restantes y que determina las normas del juego político.
Origen y Autores
Sus autores son los diputados de las Cortes extraordinarias o constituyentes, reunidas justamente para ese fin. Los diputados habían sido reunidos en unas circunstancias difíciles y algunos no pudieron llegar a Cádiz. Tuvieron que ser sustituidos por personas abiertas a las nuevas ideas y partidarios de la reforma política.
Muy pronto se dividieron en dos tendencias: los llamados liberales, partidarios del pensamiento ilustrado y liberal, y los llamados serviles, que defendían el absolutismo real.
Aprobación y Vigencia
La constitución fue aprobada el 19 de marzo de 1812. Toda España estaba en manos del ejército francés y solo quedaba sin ocupar Cádiz y la frontera portuguesa. Hasta que no se produjo la derrota francesa de Los Arapiles, la práctica de la constitución fue nula.
Estructura y Contenido Clave
La constitución se divide en distintos títulos. A continuación, se destacan algunos de los más relevantes:
Título Primero: De la Nación Española
De él se reproducen los artículos 2 y 3. Estos proclaman la soberanía y la independencia.
- Artículo 2: Significa que España no es de nadie, es de todos los españoles.
- Artículo 3: Afirma que la soberanía reside esencialmente en la nación, la única que puede decidir las leyes y derechos.
Título Segundo: De la Religión
Incluye el artículo 12. En él, los legisladores de Cádiz no se atrevieron a otorgar la libertad de culto.
Título Tercero: Del Gobierno
(Artículos 15, 16 y 17). En él se regula la existencia de tres poderes que no pueden ser ejercidos por la misma persona: legislativo, judicial y ejecutivo.
Título Cuarto: De las Cortes
(Artículos 27 y 34). En el artículo 34 se especifica cómo sería el sistema electoral por sufragio indirecto.
También pertenecen a este título los artículos 91 y 92, en los que se especifican las condiciones necesarias para ser diputado. Este tipo de sufragio es llamado sufragio censitario.
Otros Títulos Relevantes
Se mencionan el penúltimo título, Los derechos individuales (artículos 303, 304 y 306), y los artículos 366 y 371, que pertenecen al título que se refiere a la instrucción pública.
Preguntas frecuentes
¿Quiénes redactaron la Constitución de Cádiz de 1812?
Fueron los diputados de las Cortes extraordinarias o constituyentes, reunidas para elaborar la nueva constitución. Algunos diputados no pudieron llegar a Cádiz y tuvieron que ser sustituidos por personas partidarias de la reforma política.
¿Cuándo fue aprobada la Constitución de Cádiz?
Fue aprobada el 19 de marzo de 1812. Sin embargo, su aplicación fue nula mientras las tropas francesas ocupaban casi toda España.
¿Qué establecía el artículo 3 de la Constitución de Cádiz?
Afirmaba que la soberanía reside esencialmente en la nación, que es la única que puede decidir las leyes y los derechos.
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