Constitución Nacional Argentina: Derechos, Garantías y Estructura del Estado

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Preámbulo de la Constitución Nacional

El Preámbulo fue sancionado por los representantes del pueblo reunidos en el Congreso General Constituyente y se basó en los pactos preexistentes. Expresa los fines fundamentales de la Constitución: constituir la unión nacional, afianzar la justicia, consolidar la paz interior, proveer a la defensa común, promover el bienestar general y asegurar los beneficios de la libertad para todos los habitantes y para los hombres del mundo que quieran habitar el suelo argentino.

Estructura y Derechos Fundamentales

Art. 1: Forma de Gobierno

Argentina adopta para su gobierno la forma:

  • Representativa: El pueblo elige a sus autoridades mediante el voto.
  • Republicana: División de poderes, supremacía de la Constitución y responsabilidad de los funcionarios públicos.
  • Federal: Las provincias son autónomas, conservan todo el poder no delegado al Estado nacional y tienen sus propias autoridades.

Art. 14: Derechos Individuales

Reconoce los principales derechos individuales de todos los habitantes, como:

  • Trabajar y ejercer toda industria lícita.
  • Navegar y comerciar.
  • Peticionar a las autoridades.
  • Entrar, permanecer, transitar y salir del territorio argentino.
  • Publicar ideas por la prensa sin censura previa.
  • Usar y disponer de la propiedad.
  • Asociarse con fines útiles.
  • Profesar libremente el culto.
  • Enseñar y aprender.

Art. 14 bis: Derechos Laborales y Sociales

Incorpora los derechos laborales y sociales, garantizando:

  • Condiciones dignas y equitativas de trabajo.
  • Salario justo, salario mínimo vital y móvil, e igual remuneración por igual tarea.
  • Jornada limitada, descanso y vacaciones pagadas.
  • Organización sindical libre y derecho de huelga.
  • Jubilaciones y pensiones móviles.
  • Seguridad social y protección integral de la familia.

Art. 17: Derecho de Propiedad

Garantiza el derecho de propiedad, estableciendo que la propiedad es inviolable y que nadie puede ser privado de ella sino por sentencia fundada en ley. La expropiación solo puede realizarse por causa de utilidad pública, declarada por ley y con indemnización previa.

Art. 18: Garantías Judiciales

Establece las principales garantías judiciales, como:

  • El juicio previo y el derecho de defensa en juicio.
  • El juez natural o competente.
  • La prohibición de declarar contra uno mismo.
  • La prohibición de torturas y penas crueles.
  • La inviolabilidad del domicilio, la correspondencia y los papeles privados.

Art. 23: Estado de Sitio

Regula el estado de sitio, una medida excepcional que puede declararse en caso de conmoción interior o ataque exterior cuando peligre el ejercicio de la Constitución y de las autoridades creadas por ella.

Nuevos Derechos y Garantías (Arts. 36 al 43)

Estos artículos incorporan nuevos derechos y garantías fundamentales:

  • Artículo 36: Protege el orden democrático y sanciona los actos de fuerza contra el sistema constitucional.
  • Artículo 37: Garantiza el sufragio universal, igual, secreto y obligatorio, y la igualdad real de oportunidades entre mujeres y hombres.
  • Artículo 39: Establece la iniciativa popular.
  • Artículo 40: Regula la consulta popular.
  • Artículo 41: Reconoce el derecho a un ambiente sano y el deber de preservarlo.
  • Artículo 42: Protege los derechos de consumidores y usuarios.
  • Artículo 43: Crea las acciones de amparo, hábeas corpus (protección de la libertad física) y hábeas data (protección de los datos personales).

Resumen para Memorizar

  • 1: Forma de gobierno.
  • 14: Derechos individuales.
  • 14 bis: Derechos de los trabajadores y seguridad social.
  • 17: Derecho de propiedad.
  • 18: Garantías judiciales.
  • 23: Estado de sitio.
  • 36-43: Nuevos derechos y garantías.

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