Contratos de Trabajo en Chile: Tipos, Duración y Aspectos Legales
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Aspectos Fundamentales del Contrato de Trabajo
El contrato de trabajo, en su esencia, se encuentra delimitado por las leyes y convenciones colectivas. Es un principio fundamental del derecho que los acuerdos establecidos en los contratos constituyen una regla para las partes involucradas, a la cual deben someterse con la misma rigurosidad que a la ley misma.
El contrato de trabajo sitúa a los trabajadores en una posición de subordinación. Esta subordinación no es meramente jurídica, como en el derecho común, sino que reviste un carácter especial y complejo. Generalmente, involucra elementos económicos, sociales y técnicos, además de un marcado grado de colaboración y una vocación de estabilidad.
Clasificación y Tipos de Contratos de Trabajo
Según la Duración del Contrato de Trabajo
Contrato a Prueba
Los contratos a prueba representan una modalidad conveniente para que las empresas incorporen nuevo personal, minimizando las complejidades legales en caso de que la relación laboral no prospere. Este esquema, en muchos sentidos, resulta beneficioso para ambas partes. Se establece un período de 90 días durante el cual tanto la empresa como el trabajador pueden dar por terminada la relación laboral sin mayores consecuencias. La empresa no está obligada a pagar indemnización alguna.
Es crucial destacar que el contrato a prueba solo puede aplicarse una sola vez. Si el trabajador es contratado posteriormente, la relación laboral puede pasar a ser a plazo fijo y, eventualmente, a indefinida (después de un año), o directamente a indefinida si las condiciones así lo justifican.
Contrato a Plazo Fijo o Definido
El contrato de trabajo a plazo fijo tiene una duración máxima de un año. Excepcionalmente, este plazo puede extenderse a dos años en el caso de gerentes o personas que posean un título profesional o técnico otorgado por una institución de educación superior del Estado o reconocida por este (según el artículo 159 Nº 4 del Código del Trabajo). Esta excepción se fundamenta en la naturaleza de las funciones que estos trabajadores desempeñan en la empresa, lo que llevó al legislador a flexibilizar la limitación temporal.
La ley permite que los contratos a plazo fijo sean renovados una sola vez. Esto significa que el contrato inicial, con su período de duración determinado, puede ser renovado por cualquier período, siempre y cuando no se excedan los plazos máximos permitidos. Es importante no confundir esta renovación con una prórroga automática por el mismo período inicialmente pactado. Si el contrato se renueva por segunda vez, puede transformarse en un contrato de duración indefinida. Para que esta transformación ocurra, es necesario que la segunda renovación se produzca inmediatamente después de la primera; una renovación aislada no convertirá el contrato en indefinido.
El plazo acordado para la duración de un contrato es vinculante tanto para el empleador como para el trabajador. Este tipo de contrato otorga cierta inmovilidad al trabajador, ya que sus funciones deben extenderse durante todo el tiempo acordado. El principal inconveniente de este sistema de contratación radica en la imposibilidad del empleador de ponerle término anticipadamente, a menos que el trabajador incurra en una causal de término atribuida a su comportamiento laboral. Por lo tanto, se debe esperar el término del período convenido. El incumplimiento de la fecha de término del contrato puede acarrear sanciones indemnizatorias que podrían abarcar todo el plazo de duración del contrato. Sin embargo, la situación es diferente si el trabajador incurre en alguna causal de caducidad del contrato, o si ambas partes, de común acuerdo, deciden poner fin a la relación laboral antes de la fecha convenida.