Criterios de estabilidad para buques: OMI y Torremolinos

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Resumen

El documento describe los criterios de estabilidad que deben cumplir los buques, clasificados en altura metacéntrica, estabilidad estática, estabilidad dinámica y período de balance. Recoge los requisitos de la OMI para buques mercantes oceánicos de eslora inferior a 100 metros y los del criterio de Torremolinos para buques de pesca. Incluye también consideraciones sobre el equilibrio del buque y el procedimiento de la prueba de estabilidad.

Puntos clave

  • Los criterios de estabilidad son normas que reglamentan la estabilidad mínima que deben tener los buques.
  • Se agrupan en altura metacéntrica transversal (GM), estabilidad estática, estabilidad dinámica y período (T) y amplitud de balance (A).
  • Los criterios OMI se aplican a buques mercantes oceánicos de eslora inferior a 100 m, excepto portacontenedores, madereros con cubierta y buques de pasaje.
  • Los criterios OMI exigen GM corregido mayor que 0,15 m, GZ mayor que 0,2 m para ángulos superiores a 30º y un área bajo la curva GZ de al menos 0,055 m×rad hasta 30º.
  • El criterio de Torremolinos se aplica a buques de pesca y exige GZ30º de al menos 0,2 m y GM superior a 0,35 m en pesqueros de una sola cubierta.
  • La prueba de estabilidad se realiza con el buque libre de amarras, en calma, sin oleaje y con agua suficiente bajo la quilla, repitiéndose varias veces a ambos lados.
  • El peso de prueba debe ser igual o aproximado al 2% del desplazamiento y producir una escora máxima de 5º.

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Criterios de Estabilidad para Buques

Introducción

Se definen como: “conjunto de normas que reglamentan y controlan la estabilidad mínima que deben tener los buques”. Según la función, se dividen en cuatro grupos:

  • Altura metacéntrica transversal (GM) o estabilidad inicial
  • Estabilidad estática
  • Estabilidad dinámica
  • Período del buque (T) y amplitud de balance (A)

Criterios OMI

Aplicable a todos los buques mercantes oceánicos de eslora inferior a los 100 metros, excepto los de carga del tipo: portacontenedores y madereros con cubertada y, los de pasaje.

  1. GMc/sl > 0,15m
  2. GZm = θ > 30º y, θK = ó > 60º
  3. La curva GZ, para θ30º el GZ > 0,2m
  4. ∑030º GZ ∆θ = ó > 0,055 m x rad
  5. ∑040º = ó > 0,09 m x rad o ∑0θ = ó > 0,09 m x rad
  6. ∑040º - ∑030º = ó > 0,03 m x rad o ∑0θ - ∑030º = ó > 0,03 m x rad

Criterio de Torremolinos

Aplicable a los buques de pesca.

  1. ∑030º GZ ∆θ = ó > 0,055 m x rad
    ∑040º = ó > 0,09 m x rad o ∑0θ = ó > 0,09 m x rad
    ∑040º - ∑030º = ó > 0,03 m x rad o ∑0θ - ∑030º = ó > 0,03 m x rad
  2. GZ30º = ó > 0,2m
  3. GZm (preferentemente θm > 30º y, siempre > 25º)
  4. Pesqueros de una sola cubierta, GM > 0,35m y, con superestructura completa, al igual que los de eslora superior a 70 metros, GM > 0,15m

Consideraciones Adicionales

Equilibrio del Buque

a) Si el buque está en equilibrio con un cierto desplazamiento D, y no tiene asiento: la flotación WL es paralela a la quilla, las verticales que pasan por el Centro de Carena y por el Centro de Gravedad están confundidas, por estar el buque en equilibrio: hallándose ambas sobre la misma vertical e igualmente separadas de la cuaderna maestra.

b) Si el buque está ahora en otra posición de equilibrio para el mismo desplazamiento D y con un asiento A: el nuevo Centro de Carena y el nuevo Centro de Gravedad (GL) también se hallan sobre la nueva vertical, verificándose aproximadamente.

Prueba de Estabilidad

La primera medida para la realización de la experiencia se basa en que el barco con su correspondiente desplazamiento, en la condición de vacío esté lo más estable posible para la buena lectura de los calados. Durante la prueba:

  • El barco ha de estar libre de todo tipo de amarras
  • Las condiciones meteorológicas del tiempo: calma y sin viento
  • No habrá oleaje
  • Presencia de suficiente agua bajo la quilla

Dicha prueba ha de ser repetida varias veces y a ambos lados para comprobar el valor de los resultados obtenidos. Un peso de un valor conocido, se moverá transversalmente una distancia conocida y, como consecuencia se provocará una escora. El peso de la experiencia, ha de ser tal que:

  • El barco quede sin la amplitud inicial (máxima escora alcanzada 5º)
  • Sea igual o aproximado al 2% del valor del desplazamiento en ese momento

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Preguntas frecuentes

¿Qué criterios de estabilidad establece la OMI para buques mercantes?

La OMI establece criterios aplicables a buques mercantes oceánicos de eslora inferior a 100 m, excepto portacontenedores, madereros con cubierta y buques de pasaje. Entre ellos figuran un GM corregido mayor que 0,15 m y un GZ mayor que 0,2 m para ángulos superiores a 30º.

¿A qué buques se aplica el criterio de Torremolinos?

El criterio de Torremolinos se aplica a los buques de pesca. Exige, entre otros requisitos, un GZ a 30º de al menos 0,2 m.

¿Cómo se realiza la prueba de estabilidad de un buque?

Se mueve transversalmente un peso conocido una distancia conocida para provocar una escora, con el buque libre de amarras, en calma y sin oleaje. La prueba se repite varias veces a ambos lados para comprobar los resultados.

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Test

1. ¿Cuántos grupos de criterios de estabilidad se distinguen según el documento?
2. ¿A qué buques se aplican los criterios OMI?
3. ¿Qué valor mínimo de GZ a 30º exige el criterio de Torremolinos?
4. ¿Qué condición meteorológica se requiere durante la prueba de estabilidad?
5. ¿Qué peso de prueba debe emplearse aproximadamente?
6. ¿Qué escora máxima debe alcanzar el buque en la prueba?

Preguntas generadas con IA a partir del documento: comprueba las respuestas con el texto.