Declaración de Derechos del Ciberespacio: texto articulado y preámbulo
Resumen
El documento recoge una declaración de derechos para el ciberespacio, con un preámbulo que defiende un orden justo en la red frente al poder de los oligopolios de la información. A continuación enumera 22 artículos sobre libertad de información, acceso igualitario, brecha digital, propiedad intelectual, protección de datos, secreto de las comunicaciones, protección de menores y garantía institucional de los derechos humanos en internet.
Puntos clave
- El preámbulo denuncia el predominio de los fuertes sobre los débiles en el ciberespacio y propone un orden de convivencia justo.
- El Art. 1 limita la libertad de información a la que genera conocimiento o enaltece la dignidad humana.
- El Art. 3 identifica la brecha digital como un obstáculo para el libre e igual acceso a la información.
- El Art. 7 prohíbe los monopolios y oligopolios de información y considera prioritaria su eliminación.
- El Art. 9 reconoce el derecho al Habeas Data: conocer, actualizar y rectificar los datos personales recogidos en bases de datos.
- El Art. 22 incluye una cláusula de cierre para evitar la paradoja de la libertad, es decir, el uso de la libertad para suprimir la libertad.
Preámbulo
Esta declaración proclama la necesidad de establecer un orden de convivencia justo en el ciberespacio que impida el predominio de los fuertes sobre los débiles. Busca contrarrestar las restricciones interesadas del libre flujo de la información que para los más desfavorecidos supone la negación de su condición de ciberciudadanos, atentando contra la dignidad de las personas que más requieren de su protección y defensa.
La red está sujeta a los designios del poder de una plutocracia global. Los oligopolios de la información restringen el libre flujo de información y la difusión del conocimiento y la cultura, y no respetan la intimidad de las personas ni el secreto de las comunicaciones. Por tanto, es crucial la necesidad de transparencia.
La dinámica del poder en el ciberespacio pone en peligro la dignidad humana, es decir, la inviolabilidad de la persona. Debemos preservar el Patrimonio Cultural en este nuevo entorno. La libertad en la red pasa por la intervención mínima del poder, lo que supone dejar espacios abiertos a la autorregulación.
Es fundamental garantizar el derecho del ciudadano a la participación en asuntos públicos y establecer mecanismos de garantía de los derechos declarados. Se busca construir una democracia en el ciberespacio metaespacial y proclamar la moral constituyente de los Derechos Humanos.
Declaración de Derechos del Ciberespacio
Artículos
Art 1. Libertad de Información: La libertad de información en el ciberespacio solo se refiere a aquella información que de forma razonable es susceptible de generar conocimiento o enaltecer la dignidad de la persona humana. Los Derechos Humanos en el ciberespacio afectan a la información en sentido propio.
Art 2. Libre e Igual Acceso a la Información: La dignidad de la persona humana requiere del libre acceso a la información en condiciones de igualdad jurídica.
Art 3. Eliminación de la Brecha Digital: La brecha digital impide el libre e igual acceso a la información.
Art 4. Accesibilidad de la Información: Es un requisito esencial para la eliminación de la brecha digital.
Art 5. Igualdad de Oportunidades en la Producción y Difusión de Información: No puede existir una sociedad de la información sin que todos los seres humanos puedan no sólo expresarse, sino también tener igualdad de oportunidades para que sus ideas lleguen a los demás miembros de la colectividad.
Art 6. Equilibrio entre Propiedad Intelectual y Libre Flujo de la Información: Es necesario encontrar un equilibrio entre la protección de la propiedad intelectual y la garantía del libre flujo de la información.
Art 7. Prohibición de Monopolios y Oligopolios de Información: Se promoverá la libre concurrencia en el ciberespacio. Se considerará prioritaria la eliminación de los monopolios y oligopolios que puedan afectar a los derechos de los ciberciudadanos. Las posiciones de dominio afectan negativamente al libre flujo de información y son contrarias a la ley.
Art 8. Derecho a la Inviolabilidad de la Información: Se garantiza la inviolabilidad de la información personal.
Art 9. Derecho al Habeas Data: Todas las personas tienen derecho al Habeas Data, es decir, el derecho a conocer, actualizar y rectificar la información que se haya recogido sobre ellas en bases de datos o archivos.
Art 10. Contenido del Habeas Data: Este artículo deberá especificar el contenido del derecho al Habeas Data.
Art 11. Derechos que Limitan el Habeas Data: Este artículo deberá especificar los derechos que limitan el Habeas Data.
Art 12. Derecho al Secreto de las Comunicaciones: Se garantiza el derecho al secreto de las comunicaciones en el ciberespacio.
Art 13. Prohibición de los Monopolios de Poder en Internet: Se prohíben los monopolios de poder que puedan afectar el libre acceso y la neutralidad de la red.
Art 14. Protección de Menores: Se establece la necesidad de proteger a los menores en el ciberespacio.
Art 15. Dignidad de la Persona: Se reafirma la importancia de la dignidad de la persona en el ciberespacio.
Art 16. Libertad de Trabajo y Comercio en el Ciberespacio: Se reconoce el derecho a trabajar libremente en la red.
Art 17. Protección del Patrimonio Cultural en el Ciberespacio: Se protege el patrimonio cultural en el ciberespacio.
Art 18. Derecho Ciudadano a la Relación Telemática con los Poderes Públicos: Se garantiza el derecho a la relación telemática con los poderes públicos.
Art 19. Derecho a la Autorregulación en un Marco de Heteroregulación: Se promueve la autorregulación dentro de un marco de heteroregulación.
Art 20. Garantía Institucional de los Derechos Humanos en el Ciberespacio: Se establece la necesidad de una garantía institucional de los Derechos Humanos en el ciberespacio.
Art 21. Cláusula de Extensión y de Progreso: Se incluye una cláusula de extensión y progreso para la adaptación de la declaración a las nuevas realidades del ciberespacio.
Art 22. Cláusula de Cierre en Evitación de la Paradoja de la Libertad: Se incluye una cláusula de cierre para evitar la paradoja de la libertad, es decir, el uso de la libertad para suprimir la libertad.
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PDF Word HTMLPreguntas frecuentes
¿Qué es el derecho al Habeas Data según esta declaración?
Es el derecho de todas las personas a conocer, actualizar y rectificar la información que se haya recogido sobre ellas en bases de datos o archivos, según el Art. 9.
¿Qué dice la declaración sobre los monopolios de información?
El Art. 7 establece que se promoverá la libre concurrencia en el ciberespacio y que la eliminación de monopolios y oligopolios que afecten a los ciberciudadanos será prioritaria. El Art. 13 prohíbe además los monopolios de poder que puedan afectar al libre acceso y la neutralidad de la red.
¿Qué es la brecha digital según el texto?
El Art. 3 la presenta como un obstáculo que impide el libre e igual acceso a la información. El Art. 4 señala la accesibilidad de la información como requisito esencial para eliminarla.
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