Tipos de decisiones jurídicas y naturaleza de la norma jurídica
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Resumen
El texto explica los tres tipos de decisiones jurídicas (legislativas, judiciales y extrasistemáticas o constituyentes) y la naturaleza de la norma jurídica desde la teoría imperativista. Recoge las ideas de Bentham, Austin e Ihering sobre el mandato, la sanción y la coacción como elementos de la norma.
Puntos clave
- Las decisiones legislativas las dicta el legislador y las judiciales el juez.
- Gregorio Robles añade la decisión extrasistemática, que emana del poder constituyente y da origen a la Constitución.
- Para Bentham, la ley es un conjunto de signos que expresan el deseo del soberano para imponer una conducta.
- Austin destaca la sanción como elemento constitutivo de la norma: sin sanción no hay obligación de cumplir.
- La teoría imperativista tiene raíces iusnaturalistas y se desarrolla dentro del positivismo jurídico.
- Ihering considera que toda norma es un imperativo que ordena o prohíbe, y que la coacción es esencial en las normas jurídicas.
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Decisiones Jurídicas
Las decisiones legislativas son dictadas por el legislador, mientras que las judiciales son emitidas por el juez. Gregorio Robles propone un tercer tipo de decisión, la extrasistemática, que emana del poder constituyente. Esta decisión, al crear un nuevo orden jurídico, se considera jurídica y ajurídica a la vez. El resultado de esta decisión constituyente es la Constitución.
No existe unanimidad en la clasificación de estos tres tipos de decisiones como normas jurídicas. La postura más común reconoce como tales solo a la decisión constituyente y a las legislativas.
Naturaleza de la Norma Jurídica
La norma jurídica, un mandato imperativo de quien detenta el poder, establece modelos de comportamiento. Jeremías Bentham define la ley como “un conjunto de signos que declaran un deseo concebido y adoptado por el soberano de un Estado...” (para imponer una conducta). Según Bentham, la norma es el conjunto de enunciados que emana de quien ostenta el poder. John Austin, por su parte, destaca la sanción como elemento constitutivo de la norma. Para Austin, una orden (mandato) requiere un ordenante y un ordenado, y si este último la incumple, se aplica una sanción. El deseo (mandato) por sí solo no conlleva sanción. La sanción es lo que obliga al cumplimiento.
Se pueden distinguir dos formas de entender la imperatividad:
- La que se centra en la forma de expresión.
- La que se enfoca en la coacción, que, como señala Austin, es el elemento esencial de las normas jurídicas.
Los orígenes de la teoría imperativista de la norma jurídica se encuentran en el iusnaturalismo, que concibe el orden jurídico como un conjunto de mandatos divinos. Sin embargo, esta teoría también se ha desarrollado dentro del positivismo jurídico. El imperativismo ha quedado vinculado al positivismo, siendo la jurisprudencia analítica inglesa, con Bentham y Austin, su primera manifestación. Con las obras de Ihering y Austin, la imperatividad de la norma se diversifica en dos vertientes: la necesidad (Ihering) y la aleatoriedad (Austin).
La Norma Jurídica como Imperativo Necesariamente Coercitivo
Según Ihering, toda norma es un imperativo que ordena o prohíbe, dirigido tanto a los ciudadanos como a los poderes públicos (juez). Distingue entre imperativos concretos (norma escrita) y abstractos (conceptos morales). Existen tres clases de imperativos abstractos: los del derecho, los de la moral y los de las buenas costumbres. Ihering reconoce el elemento coactivo como esencial en las normas jurídicas, aunque observa que existen normas sin forma imperativa ni sanción explícita (ej. mayoría de edad). En definitiva, Ihering considera que todos los preceptos legislativos se dirigen en primer lugar a la autoridad, y los individuos particulares tienen un papel secundario.
Preguntas frecuentes
¿Qué tipos de decisiones jurídicas distingue Gregorio Robles?
Robles distingue las decisiones legislativas, las judiciales y una tercera categoría, la extrasistemática, que emana del poder constituyente. Esta última crea un nuevo orden jurídico y se considera jurídica y ajurídica a la vez.
¿Qué papel tiene la sanción según John Austin?
Para Austin, la sanción es lo que obliga al cumplimiento de una orden. Un mandato sin sanción no conlleva obligación, por lo que la sanción es un elemento constitutivo de la norma.
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