Derechos Humanos: fundamentos, consecuencias y mecanismos de protección constitucional

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1. Los derechos humanos como moral universal

La Declaración es un modelo de ética material. Es el resultado de un largo proceso histórico que da testimonio del proceso moral de la humanidad. Cuando la sociedad se libera de cinco obstáculos —miseria, ignorancia, dogmatismo, miedo al poder y odio al vecino— la sociedad reconoce los derechos y rechaza la discriminación.

Clases de derechos

Existen tres clases de derechos:

  1. Libertad: se centra en la libertad de conciencia y de opinión.
  2. Igualdad: abarca ámbitos como el trabajo, la vida social, la educación y la cultura.
  3. Solidaridad: incluye valores y bienes comunes como la paz y el medio ambiente.

2. ¿Qué ocurre cuando no se respetan los derechos humanos?

Como consecuencia del incumplimiento de los derechos humanos han aparecido la discriminación, la inseguridad, la pobreza, la violencia y la guerra como formas de solucionar conflictos. La Declaración de los Derechos Humanos enuncia en los considerandos estos males como consecuencias de no respetar ni garantizar los derechos.

3. La defensa de los derechos humanos

La Declaración de los Derechos Humanos no siempre se cumple plenamente. Muchos países han incluido en su constitución alguna referencia a esa Declaración. En la Constitución española de 1978 aparece una referencia relevante en el artículo 10.2.

A nivel internacional y regional existen mecanismos de protección y defensa, entre los que destacan:

  • El Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos.
  • El Consejo de Derechos Humanos de la ONU.
  • El Tribunal Europeo de Derechos Humanos.

4. Las mejores garantías: los ciudadanos

Las actitudes ciudadanas son necesarias para el respeto y la efectividad de los derechos. Las personas deben dirigir su comportamiento según sus convicciones y según valores universales que nos imponen deberes. Los deberes pueden derivarse de la ley, de una promesa o contrato, o de un proyecto moral o social. El incumplimiento de los deberes constituye una afectación básica de la ética social y compromete la convivencia.

5. El cuidado de los débiles

Los más débiles, especialmente en el llamado Tercer Mundo, sufren mayores carencias. El derecho a una vida digna, los derechos sociales, la responsabilidad social y la seguridad social son instrumentos para atender a los más desfavorecidos. El artículo 25 de la Declaración reconoce el derecho a un nivel de vida adecuado, incluyendo el acceso a la protección en caso de enfermedad y jubilación, y hace mención expresa a la asistencia a la maternidad y a la infancia.

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