Guía Completa sobre el Cheque: Historia, Conceptos y Características Clave
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El Cheque: Un Instrumento de Pago Fundamental
Historia del Cheque
- Europa, Edad Media: Orígenes similares a la letra de cambio.
- Inglaterra, Siglo XVII: Letras del tesoro - El rey ordena al Tesoro.
- Francia, 1865: Primera diferencia de la ley con la letra de cambio.
- Brasil, 1860: Brasil, la primera ley.
- Ley Uniforme: Convenio de Ginebra en 1931, aplicado en Brasil desde 1966.
- Brasil, 1985: Ley 7357 (Ley de Cheques) - Los artículos citados aquí, sin indicar su origen, se refieren a la Ley del Cheque.
Conceptos Generales del Cheque
Concepto: Orden de pago en efectivo e incondicional (sin condiciones, ya que no admite cláusulas condicionales) emitida contra una institución financiera que tiene un contrato de depósito y los fondos depositados.
Ley 7.357/85 (Ley del Cheque): Se aplica la ley del cheque, pero en segundo lugar, a cuestiones que no fueron cubiertas por la ley del cheque, se aplica la convención (LU).
Aplicación Subsidiaria: Ley Uniforme del Cheque (Convención de Ginebra).
Cheque vs. Letra de Cambio:
- Cheque: Orden en contra de una institución financiera (bancos).
- Letra de Cambio: Orden en contra de nadie.
La letra de cambio se lleva a aceptación, que no sea el cheque. No debe tener relación contractual en la carta, pero sí en el cheque. Las letras han aceptado la figura, una figura que no existe en el cheque.
Características del Cheque
Título de crédito impropio (doctrina minoritaria): Solo la doctrina minoritaria defiende la tesis de que el cheque es un instrumento negociable inadecuado, ya que por una compensación justa se tiene el dinero disponible.
Vinculado - No causal: El título está relacionado, pero no es causal. El título está obligado a decir que, contrariamente a la carta y la nota, el cheque solo puede ser construido en un formulario estandarizado creado por el banco. No es causal, ya que no está relacionado con el negocio jurídico que dio lugar a la misma cuestión en este punto igual a la carta y una nota, esta afirmación es cierta cuando se identifica con el título.
Giro: No aceptada.
Obligación Quesível: (El deudor es buscado por el acreedor para el pago, no es porque la obligación sea portátil). En bonos quesíveis, el acreedor reclama el pago.
Partes Necesarias en un Cheque
- Cajón (Emisor): Quien emite el cheque.
- Librado (Banco): Contra la cual se emitió la orden.
- Prestatario (Beneficiario): En un primer momento se previó la posibilidad de emitir cheques al portador (el cheque sin llenar de la persona que es el beneficiario), pero la obligación se instituyó controles de más de $100,00 deben ser emitidos en forma nominativa.
Cheque Nominal: El cheque debe ser nominal, pero si el nombre del beneficiario se omite, no se puede llenar más tarde, si de buena fe.
Cláusula a la Orden: Puede ser cancelado por el riesgo de simple hoja de cheque.
Endosos y Avales
Ningún Tipo:
- Garantes / Aprobado
- Endosante / Endosatario
Aprobación: No se admite la aprobación parcial. Ni aprueba el monto total o nada.
Ratificación y CPMF: Antes, pasaba a un apoyo único, la prevención de los comerciantes que dejar de cobrar este impuesto - el cheque por más de un aval y sería devuelto sin pagar.
Con la extinción de la CPMF, esta restricción se eliminó, y hoy en día se admite cualquier número de endosos.
Respaldo: Se supone la aprobación parcial. Aquí ahora se puede evaluar en parte.
Cuentas Conjuntas
- Genera una solidaridad activa entre los copropietarios en contra del banco.
- No hay, sin embargo, la responsabilidad solidaria entre los copropietarios y el prestamista.
Legitimado Pasivo: Solo quien "firmó" el cheque.