Escolarización Inclusiva: Modalidades y Apoyos para Alumnos con Necesidades Educativas Especiales

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¿Qué es el Dictamen de Escolarización?

El Dictamen de Escolarización es un documento que se realiza en España cuando un niño tiene Necesidades Educativas Especiales (NEE). En este documento aparece la modalidad educativa, es decir, si el niño recibirá la educación en un centro ordinario, en un centro de Educación Especial o si deberá acudir a ambos a la vez de manera alternada, esta modalidad se llama combinada. El Dictamen lo debe elaborar un equipo psicopedagógico perteneciente a la administración, normalmente dependiente de la Consejería de Educación (según la comunidad autónoma, puede denominarse Junta, Xunta, etc.). Estos equipos psicopedagógicos reciben nombres diferentes dependiendo de la comunidad en la que se encuentren. En la Comunidad Valenciana se llaman SPE, Servicio Psicopedagógico Escolar.

El Dictamen de Escolarización, además de para determinar la modalidad educativa que seguirá el niño, sirve para establecer si necesita algún tipo de apoyo y cuáles serán. Apoyos como Adaptaciones Curriculares, Logopedia, Fisioterapia, Pedagogía Terapéutica.

¿Qué es la Barrera de Aprendizaje?

Este término se utiliza para identificar los obstáculos que los alumnos encuentran para aprender y participar. De acuerdo con el modelo social, las barreras aparecen a través de la interacción entre los alumnos y sus contextos: las personas, las políticas, las instituciones, las culturas y las circunstancias sociales y económicas que afectan a sus vidas. Se pueden encontrar en diferentes aspectos y estructuras del sistema: dentro de los centros educativos, en la comunidad, en las políticas locales y nacionales.

¿Qué se entiende por Educación Inclusiva?

Es un enfoque educativo basado en la valoración de la diversidad como elemento enriquecedor del proceso de enseñanza-aprendizaje y, en consecuencia, favorecedor del desarrollo humano. El concepto de educación inclusiva es más amplio que el de integración y parte de un supuesto destino, porque está relacionado con la naturaleza misma de la educación regular y de la escuela común.

La educación inclusiva implica que todos los niños y niñas de una determinada comunidad aprendan juntos independientemente de sus condiciones personales, sociales o culturales, incluidos aquellos que presentan una discapacidad. Se trata de una escuela que no pone requisitos de entrada ni mecanismos de selección o discriminación de ningún tipo, para hacer realmente efectivos los derechos a la educación, a la igualdad de oportunidades y a la participación.

En la escuela inclusiva todos los alumnos se benefician de una enseñanza adaptada a sus necesidades y no sólo los que presentan necesidades educativas especiales.

Definición de Necesidades Educativas Especiales (NEE)

Se entiende por Necesidades Educativas Especiales (NEE) al conjunto de medidas pedagógicas que se ponen en marcha para compensar las dificultades que presenta un alumno al acceder al currículo que le corresponde por edad. Dichas dificultades son superiores al resto de los alumnos, por diversas causas: discapacidades, trastornos graves de conducta, altas capacidades intelectuales o por integración tardía en el sistema educativo. Las medidas pueden ser permanentes o temporales, adaptaciones de acceso al currículo o adaptaciones curriculares significativas en varias áreas del currículo.

Definición de Necesidades Específicas de Apoyo Educativo (NEAE)

Se entiende por alumnado "con Necesidades Específicas de Apoyo Educativo (NEAE)" a aquel que presenta necesidades educativas especiales u otras necesidades educativas por dificultades específicas de aprendizaje, por trastornos por déficit de atención con o sin hiperactividad, por especiales condiciones personales o de historia escolar, por incorporación tardía al sistema educativo o por altas capacidades intelectuales, y que puedan requerir determinados apoyos en parte o a lo largo de su escolarización.

Tipos de Modalidades de Escolarización

La escolarización de los alumnos con NEE está sujeta a un proceso de seguimiento continuado, debiéndose revisar de manera periódica y en la forma que reglamentariamente se determine, tras las correspondientes evaluaciones psicopedagógicas, las decisiones de escolarización adoptadas, siempre y cuando en todo momento se deberá tender hacia la escolarización en centros ordinarios.

Los Centros Ordinarios contarán con diversas modalidades de escolarización, según el tipo de aula que disponga:

  • Aula ordinaria
  • Aula de apoyo a la integración
  • Aula específica

El alumnado con necesidades educativas especiales escolarizado en un centro ordinario podrá ser atendido en alguna de estas modalidades de integración:

  • Integración total en grupo ordinario a tiempo completo.
  • Integración en grupo ordinario en períodos variables.
  • Atención educativa en aula específica.