Formulario de solicitud de revisión de oficio de un acto administrativo por parte de interesado

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Tramitación simplificada:

La regulación de esta tramitación se encuentra en el artículo 96 de la Ley 39/2015. Se deberá  tramitar de esta manera por razones de interés público o la falta de complejidad del  procedimiento. Cuando esto ocurra deberá ser informado al interesado. Deberá ser resuelto en  30 días a partir del día siguiente de la notificación al interesado.
Siguiendo los siguientes trámites:
1. Oficio o solicitud del interesado. 2. Corrección de errores o documentos a presentar. 3. En el  plazo de 5 días, debe ser formulada la defensa. 4. Cuando es desfavorable para el interesado,  se puede tramitar una reuníón. 5.Informe del servicio jurídico, cuando sea requerido. 6.Informe  del consejo general del poder judicial, cuando sea requerido. 7.Dictamen del Consejo de estado  u órgano equivalente de la C.A. Cuando sea requerido. 8.Resolución.

Silencio Administrativo

El silencio administrativo es una presunción legal de la voluntad de la administración pública  en ausencia de una decisión administrativa clara. Se produce en aquellas situaciones en las  que la Administración no ha resuelto expresamente y se presume que sí lo ha hecho.
Pueden ser:
-Silencio negativo: se presume que la Administración deniega la petición, recurso o reclamación interpuesta por el interesado.  Ejemplo: Un bar solicita al Ayuntamiento la instalación de una terraza, si no recibe  respuesta, el silencio sería desestimatorio pues es una ocupación de suelo público.
-Silencio positivo: como la Administración no ha sido diligente y no ha resuelto y notificado  en plazo, ese silencio se convierte en un acto positivo. Es decir, estimatorio de nuestras  pretensiones.
Ejemplo: Solicitud de escolarización en un colegio público, transcurrido el plazo sin  resolución de la administración, el sentido del silencio sería estimatorio. En materia de  inscripción se da un plazo de 20 días. Si pasado ese plazo no hay resolución expresa, se  entiende válidamente practicada la inscripción. Por tanto, silencio positivo.

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