Fuentes jurídicas y sociológica del derecho

Enviado por jose y clasificado en Derecho

Escrito el en español con un tamaño de 2,82 KB

Patrimonio. Es conjunto de bienes tangibles que presentan la característica común de pertenecer al mismo titular seria una definición materialista y desde un punto de vista + jurídico seria: conjunto de relaciones jurídicas de contenido econmico ( suceptibles de valoración recuñaría) de que que es titular una misma persona física o ruridica, que actúa como sujeto activo o pasivo de los D. Y beberes que emanan de aquillas relaciones en las que participa. Dicho conjunto de bienes se consideran patrimonio independientemente de como sean adquiridos, intervivos: a titulo gratuito, azar o apuesta, trabajo personal. Motis causa: herencia o legado. El P. Debe ser unitario que significa que los D. Y oblegaciones que conforman dicho conjunto no son elementos aislados y se encuentran afectados x un mismo fin; debe ser atribuido a un sujeto con capacidad jurídica y que tenga contenido económico pecuniario. El P. No desaparece x mortis causa si no que tendrá es destino que manden las normas en cada caso establecido y se le denomina herncia yacente.

 Obligación. En D. Obligación significa la relación jurídica entre dos personas de las que una de ellas, acrededor, tiene un derecho de cridito frente a otra, deudor, que esta ligada a ella con un debito nuestro código civil afirmaque "toda obligación consiste en dar, hacer o no hacer algo" las fuentes de la obligación son la ley contrato, cuasicontrato, delito, cuasidelito 1-2a ley como causa generadora de obligacionessenindependientes de la voluntad humana ej: O. Derivadas relaciones familiares, las tributarias. Las O. Derivadas del contrato que tienen fuerza de ley según el C. Civil entre las partes contratantes llegandas al contrato con un acuerdo de voluntdes. El cuasicontrato que es un echo unilateral voluntario y licito en deferencia con el contrato de que no hay acuerdo de voluntades. Clases de O. Hay tres tipos: 1,razón de los sujetos intervinientes que a la vez se distinguen tres grupos (parcionarias, cumulativas y solidarias) 2, x razón del objeto de la obligacon y esta se divide en cuatro (genéricas, especificas, divisibles i indivisibles) solo afectan a las obligacions de dar. 3, x razón de los efectos se distinguen en O. Civiles, morales y naturales. La prestación es el nombre que se la ha dado al objeto de D. Y para que sea valida es preciso que sea licita, posible, determinada o determinable y de contenido patrimonial.

Entradas relacionadas: