Derecho Procesal: conceptos clave y evolución histórica en Roma y Germania
Resumen
El texto presenta la ubicación del Derecho Procesal dentro del Derecho Público y define sus conceptos básicos: proceso, procedimiento y Teoría General del Proceso. Después recorre su evolución histórica, desde las Acciones de la Ley y el sistema formulario hasta la cognitio extraordinaria en Roma, y los rasgos del proceso germánico, con sus pruebas ordálicas y el jurado popular.
Puntos clave
- El Derecho Procesal es una rama del Derecho Público que regula el proceso judicial y la forma en que el Estado imparte justicia.
- Proceso es la serie de actos jurídicos encaminados a resolver una controversia; procedimiento son las formalidades que deben cumplir esos actos para tener validez.
- La Teoría General del Proceso estudia los principios e instituciones comunes a todos los procesos jurisdiccionales.
- El Derecho Procesal romano se divide en el periodo de las Acciones de la Ley, el periodo formulario y el periodo extraordinario (cognitio extraordinaria).
- Las Legis Actiones eran formularias y rituales, con cinco acciones: sacramento, iudicis postulatio, condictio, manus iniectio y pignoris capio.
- En el periodo formulario el pretor redactaba por escrito la instrucción para el juez; en el extraordinario el proceso se unificó bajo la autoridad imperial.
- El Derecho Procesal germánico era ritualista, con intervención de un jurado popular y pruebas ordálicas o de juramento.
1. Origen y Ubicación del Derecho Procesal
1.1 El Derecho y sus Ramas Fundamentales
El Derecho es el conjunto de normas que regulan la convivencia social, buscando establecer un orden justo y armónico.
Tradicionalmente, el Derecho se divide en dos grandes ramas:
-
Derecho Privado: Regula las relaciones entre particulares.
- Derecho Civil: Aborda las relaciones entre personas, incluyendo instituciones como el matrimonio, la propiedad y las obligaciones.
- Derecho Mercantil: Regula los actos de comercio realizados por comerciantes o por cualquier persona en el ejercicio de actividades mercantiles.
-
Derecho Público: Regula las relaciones en las que interviene el Estado, ya sea con particulares o con otros Estados.
- Derecho Público Interno: Regula las relaciones del Estado con los particulares dentro de su territorio, así como la organización y funcionamiento de los poderes públicos.
- Derecho Público Externo: Regula las relaciones del Estado con otros Estados (Derecho Internacional Público), así como las relaciones del Estado con particulares de otros Estados.
2. Conceptos Fundamentales del Derecho Procesal
2.1 Precisión Terminológica en el Ámbito Procesal
- Derecho Procesal: Es una rama del Derecho Público que contempla el conjunto de normas, códigos y formas del proceso judicial. Es decir, ordena y regula los requisitos, efectos y métodos mediante los cuales el Estado, a través de sus órganos jurisdiccionales, imparte justicia.
- Proceso: Es la serie de actos jurídicos concatenados, realizados por el órgano jurisdiccional, las partes y, en su caso, los terceros, relacionados entre sí con el fin de resolver una controversia y satisfacer las pretensiones de las partes.
- Procedimiento: Se refiere a la serie de formalidades y pasos que deben cumplir todos los actos dentro del proceso para que tengan plena validez y eficacia jurídica.
- Teoría General del Proceso: Es una rama del Derecho Procesal que estudia y examina de manera amplia y sistemática los principios, instituciones y conceptos fundamentales comunes a todos los procesos jurisdiccionales.
3. Evolución Histórica del Derecho Procesal
3.1 El Derecho Procesal en Roma
El Derecho Procesal Romano se desarrolló a lo largo de tres periodos principales:
-
Periodo de las Acciones de la Ley (Legis Actiones): Caracterizado por su formalismo y ritualismo. Se dividía en cinco acciones:
- Acciones por Sacramento (Legis Actio Sacramento): Implicaba la intervención de un culto religioso y una apuesta solemne.
- Iudicis Postulatio: No requería la intervención de un miembro del culto ni la apuesta, aplicable a ciertas controversias.
- Condictio: Se utilizaba para reclamar una suma de dinero o una cosa determinada, sin la intervención de un culto.
- Manus Iniectio: Era una acción ejecutiva contra el deudor o su fiador, que podía llevar a la sujeción personal.
- Pignoris Capio: Consistía en el embargo de bienes del deudor sin necesidad de sentencia judicial, en casos específicos.
- Periodo Formulario (Per Formulas): Introdujo un sistema más flexible basado en fórmulas escritas, donde el pretor redactaba la instrucción para el juez.
- Periodo Extraordinario (Cognitio Extraordinaria): El proceso se unificó bajo la autoridad imperial, y el juez (funcionario público) conocía y resolvía todo el litigio.
3.2 El Derecho Procesal Germánico
El Derecho Procesal Germánico era marcadamente ritualista y atribuía gran parte de la resolución de conflictos a la divinidad. Se caracterizaba por:
- La intervención de un jurado popular.
- El juez determinaba a quién le correspondía la carga de la prueba.
- La existencia de pruebas ordálicas (juicios de Dios), como las pruebas de fuego, y las pruebas de juramento.
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PDF Word HTMLPreguntas frecuentes
¿Qué diferencia hay entre proceso y procedimiento?
El proceso es la serie de actos jurídicos concatenados que buscan resolver una controversia. El procedimiento son las formalidades y pasos que deben cumplir esos actos para tener plena validez y eficacia jurídica.
¿Qué es la Teoría General del Proceso?
Es una rama del Derecho Procesal que estudia de forma amplia y sistemática los principios, instituciones y conceptos fundamentales comunes a todos los procesos jurisdiccionales.
¿Qué caracterizaba al periodo de las Acciones de la Ley en Roma?
Se caracterizaba por su formalismo y ritualismo. Se dividía en cinco acciones, entre ellas la legis actio sacramento, que implicaba la intervención de un culto religioso y una apuesta solemne.
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