Fundamentos Jurídicos sobre la Personalidad, el Nombre y el Estado Civil

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Concepto de Persona

Se define como persona a todo ente susceptible de adquirir derechos y contraer obligaciones. Se clasifica en dos categorías:

  • De existencia visible: También denominada persona física o humana.
  • De existencia ideal: Conocida como persona jurídica.

Persona de Existencia Visible

Son todas aquellas que presentan signos característicos de humanidad.

Aspectos fundamentales:

  • Comienzo de su existencia: El Código Civil establece que una persona es tal desde el momento en que es concebida en el seno materno.
  • Persona por nacer: Se denomina así a la criatura cuando se encuentra aún en el vientre de su madre, antes de su nacimiento.
  • Fin de su existencia: Solo se produce por la muerte, la cual puede ser natural o presunta.

Personas Jurídicas

Son entes a los cuales las leyes otorgan la aptitud de adquirir derechos y contraer obligaciones. Pueden ser de carácter público o privado.

Existencia y extinción:

  • Comienzo de su existencia:
    • Las públicas comienzan desde la fecha de su constitución o fundación.
    • Las privadas desde el día en que son autorizadas por la ley o por el gobierno, previa aprobación de sus estatutos (por ejemplo, ante la IGJ).
  • Fin de su existencia: Puede ocurrir por diversas causas:
    • Decisión de sus miembros de disolverla.
    • Disolución dispuesta por ley o gobierno.
    • Extinción de los bienes.
    • Agotamiento del objeto social.
    • Finalización del plazo establecido en los estatutos.
    • Nota: No termina por la muerte de sus miembros (en cuyo caso, la entidad pasa a ser del gobierno).

El Nombre

Es la denominación con la que se reconoce a una persona.

Características:

  • Necesario y único: Ninguna persona puede carecer de nombre ni tener más de uno.
  • Irrenunciable: No puede ser objeto de compraventa.
  • Inmutable: No puede modificarse, salvo en casos especiales previstos por la ley.

Composición:

  • Nombre individual: Puede ser simple o compuesto (nombre de pila).
  • Apellido: Designa e identifica al individuo y al grupo familiar.

Estado Civil

Es la situación en la que se encuentra un individuo en relación con un grupo familiar.

Función del Registro Civil:

Es la institución donde se registran en libros especiales los nacimientos, reconocimientos de hijos, matrimonios, divorcios, defunciones, entre otros actos, mediante documentos denominados partidas.

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