La Influencia del Derecho Común en el Derecho Procesal Castellano

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Influencia del Derecho Común en el Derecho Procesal

El derecho común influyó tanto en el derecho procesal que llegó a un punto en que el derecho procesal anterior prácticamente desapareció, dando paso al denominado romano-canónico. Si bien el derecho procesal se considera un derecho auxiliar del derecho sustantivo, su importancia es innegable.

El procedimiento contencioso, como proceso civilizado para resolver conflictos de manera pacífica, adquiere características propias del derecho común debido a la gran influencia de este. Se trata de un proceso racional que busca que el juez desarrolle su trabajo de manera serena e imparcial, permitiendo a las partes que su causa sea examinada objetivamente.

Este proceso se caracteriza por:

  • Ser predominantemente escrito, aunque los juicios se desarrollan de manera verbal.
  • Requerir de una técnica compleja, estudiada en las universidades, para obtener mejores resultados.
  • Exigir formalidades y publicidad rígida, lo que constituye una garantía para las partes y, a la vez, una dificultad para el juez al momento de conocer la verdad de los hechos.
  • Ser un proceso complejo, dividido en diferentes fases con un orden inalterable, que culminan con la declaración de las pruebas y la imposición de un castigo si corresponde.

Dentro de este proceso, aparecen figuras como el sumario, los interlocutorios, los ejecutivos y los interdictos. Además, se distinguen dos tipos principales de procesos: el criminal y el civil.

Para iniciar un proceso, se requiere una denuncia o acusación. Si el juez encuentra motivos suficientes, notificará a las partes la apertura del proceso, momento en el cual se podrán presentar pruebas y alegaciones. Posteriormente, se pasa a la fase oral, donde el juez resume las actuaciones y declara el proceso visto para sentencia.

La sentencia, a su vez, se compone de tres partes:

  1. Los hechos probados considerados por el juez.
  2. La interpretación de las normas aplicables al caso concreto.
  3. La decisión del juez.

Es importante destacar que los jueces tienen la obligación de motivar todas sus sentencias. Una sentencia se considera firme cuando ya no cabe la posibilidad de apelar o interponer recursos sobre ella. Finalmente, las costas del proceso serán asumidas por las partes de manera equitativa, excepto en el proceso canónico, donde se atribuyen a la parte que pierde.

El Orden de Prelación de las Fuentes del Derecho en Castilla a partir del Ordenamiento de Alcalá

El poder real en Castilla logró, con el tiempo, superar la aplicación del derecho local (fueros) que prevalecía en algunos tribunales, como la Corte de Zamora, donde se aplicaba el derecho real. Un ordenamiento era el conjunto de leyes aprobadas y promulgadas por el rey a petición de las Cortes.

El Ordenamiento de Alcalá, un conjunto de leyes aprobadas en 1348 durante las Cortes celebradas en Alcalá de Henares, estableció un nuevo orden de prelación de fuentes del derecho:

  1. El propio Ordenamiento, equiparado a las leyes reales.
  2. Los fueros municipales y señoriales, siempre que no hubieran caído en desuso ni fueran contrarios a la razón.
  3. Las Partidas, una selección del derecho común, como derecho supletorio del derecho real de Castilla.

En la práctica, los jueces elevaban pocas consultas al rey y decidían la mayoría de las causas basándose en su propia interpretación de las leyes.

La continua invocación y aplicación del derecho común en las causas judiciales llevó al rey a autorizar, en las Cortes de Briviesca, que abogados y jueces pudieran invocar los derechos que consideraran oportunos sin determinar un orden de prelación específico. Esta situación generó cierta confusión e inseguridad jurídica.

Para remediarlo, el rey promulgó una pragmática que prohibía alegar opiniones de juristas posteriores a ciertos autores, privilegiando así las opiniones de autores clásicos. Esta medida, junto con la reafirmación del poder real, llevó a la derogación de disposiciones que contradijeran las fuentes del derecho establecidas.

De esta manera, se consolidó la vigencia del Ordenamiento de Alcalá y, especialmente, de las Partidas, que se convirtieron en el cuerpo legal más conocido y aplicado en Castilla.

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