Ley de Dependencia y sus elementos
Clasificado en Psicología y Sociología
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T. 6 LA DEPENDENCIA
La Ley 39/2006 es conocida como "ley de dependencia". Es una ley de relevancia considerada puesto que realza la categoría de derecho subjetivo de ciudadanía, la igualdad de la propia autonomía personal y por último el derecho a esa autonomía. Dicha autonomía se encuentra definida en el art.2 de la LAAD como la "capacidad de controlar, adoptar y tomar por propia iniciativa decisiones personales, así como desarrollar las actividades básicas de la vida diaria".
Dependencia como el “Estado de carácter permanente en que se encuentran las personas que, por razones derivadas de la edad, la enfermedad o la discapacidad, y ligadas a la falta o a la pérdida de autonomía física, mental, intelectual o sensorial, precisan de la atención de otra u otras personas o ayudas importantes para realizar actividades básicas de la vida diaria o, en el caso de las personas con discapacidad intelectual o enfermedad mental, de otros apoyos para su autonomía personal”.
Los elementos que definen la dependencia son:
La existencia de una limitación física, mental, intelectual o sensorial, que merma determinadas capacidades de la persona.
La incapacidad de la persona para realizar por sí misma las actividades básicas y fundamentales de la vida diaria o la necesidad de otros apoyos para su autonomía personal.
La necesidad de ayuda de otra u otras personas para realizar las actividades básicas de la vida diaria o, en el caso de las personas con discapacidad intelectual o enfermedad mental, de otros apoyos para su autonomía personal.
La situación de dependencia, según el Art. 2 de la Ley, ha de tener “carácter permanente”. No se considerarán situaciones de dependencia, aunque materialmente lo sean, las que sólo se extiendan a un cierto y limitado periodo de tiempo.
La situación de dependencia se clasifica en tres grados:
Grado I. Dependencia moderada: persona necesita ayuda para realizar varias actividades básicas de la vida diaria, una vez al día o tiene necesidades de apoyo intermitente o limitado para su autonomía personal.
Grado II. Dependencia severa: cuando la persona necesita ayuda para realizar varias actividades básicas de la vida diaria dos o tres veces al día, pero no quiere el apoyo permanente de un cuidador o tiene necesidades de apoyo extenso para su autonomía personal.
Grado III. Gran dependencia: cuando la persona necesita ayuda para realizar varias actividades básicas de la vida diaria varias veces al día y, por su pérdida total de autonomía física, mental, intelectual o sensorial, necesita el apoyo indispensable y continuo de otra persona o tiene necesidades de apoyo generalizado para su autonomía personal.
En el primer grado se hace referencia al número de actividades básicas de la vida diaria para las que se precisa ayuda de otra persona y en el segundo, al alcance temporal de la necesidad de ayuda diaria, diferenciando entre ayudas una vez al día, varias veces al día y ayudas indispensables y continuas.
En el caso de las personas que tienen discapacidad intelectual o mental, según los distintos niveles, distingue entre “necesidades de apoyo intermitente o limitado”, “necesidades de apoyo extenso” y “necesidades de apoyo generalizado” para su autonomía personal.