El pensamiento político de John Locke y su vigencia en el Estado moderno

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Actualidad del pensamiento de John Locke

John Locke es uno de los fundadores de lo que se ha venido a llamar Estado moderno. Las soluciones que aportó Locke a la teoría política siguen siendo plenamente actuales: términos como liberalismo, monarquía parlamentaria o división de poderes conservan hoy una vigencia absoluta.

El Estado español, por ejemplo, se define como una monarquía parlamentaria con división de poderes, conceptos desarrollados por John Locke en su obra fundamental, el Segundo tratado sobre el gobierno civil.

Por lo que hace referencia al liberalismo, este ha seguido una clara línea de desarrollo histórico que comienza con Locke, continúa en el siglo XVIII con Adam Smith y Montesquieu, y se consolida en el siglo XIX con John Stuart Mill. La primacía de los derechos del individuo, la existencia de una sociedad civil organizada, la separación de la Iglesia y el Estado y el parlamentarismo constituyen el núcleo de los planteamientos lockeanos.

El liberalismo político surgió a partir de las teorías contrarias al absolutismo, apoyándose en concepciones naturalistas y contractualistas que insistían en los derechos inalienables de los individuos. Locke insistió en la necesidad imperiosa de canalizar la voz de la soberanía popular en el parlamento, institución representativa en la que se expresa el poder del pueblo a través de sus delegados. Todas ellas son propuestas institucionales plenamente operativas en las democracias contemporáneas.

Vocabulario de conceptos políticos fundamentales

Bien común:
Es el bien público, aquel que concierne a todos los ciudadanos, y representa la finalidad esencial que persigue el Estado.
Estado de naturaleza:
Es la condición previa al acto de fundación de la sociedad civil. Locke lo concibe como una etapa en la que la conducta del hombre se rige pacíficamente por la ley natural, la cual procede del carácter intrínsecamente racional del ser humano.
Legislatura:
Institución soberana dentro del Estado encargada expresamente de formular y promulgar el cuerpo de leyes.
Liberalismo:
Sistema de organización política y socioeconómica fundamentado en la salvaguarda de la propiedad privada y en la libertad de empresa y mercado.
Libertad:
Cualidad inherente al estado de naturaleza del individuo que vive con total independencia, garantizando que nadie pueda ser sometido a la voluntad o dominio arbitrario de otra persona.
Monarquía:
El contexto político de Inglaterra impulsó a Locke a oponerse radicalmente a la monarquía absoluta de derecho divino y al monopolio concentrado del poder en la figura del monarca.
Pacto original:
Acuerdo o contrato social establecido voluntariamente desde la libertad de los individuos, quienes ceden una porción de su libertad natural para someterse al gobierno de las leyes y a la autoridad de la sociedad, logrando a cambio un orden superior de convivencia y seguridad. Constituye el acto fundacional de la sociedad civil y del Estado.
Poder ejecutivo:
Función estatal orientada a velar por el cumplimiento y la ejecución efectiva de las leyes promulgadas.
Poder federativo:
Potestad del Estado para gestionar las relaciones internacionales y los vínculos con individuos o comunidades exteriores. Comprende la facultad de negociar pactos, acordar la paz o declarar la guerra frente a otras naciones.
Poder legislativo:
Poder supremo y rector del Estado, mediante el cual la comunidad ostenta la facultad de promulgar las normas destinadas a dirigir el bienestar colectivo.
Poder político:
Derecho reconocido para legislar, sancionar el incumplimiento normativo y recurrir legítimamente a la fuerza institucional con el exclusivo propósito de asegurar y defender el bien público.
Propiedad privada:
Derecho natural inalienable atribuible a todo ser humano que asegura la titularidad sobre los bienes derivados de su esfuerzo y trabajo personal.
Rebelión:
Prerrogativa legítima que Locke reconoce en los pueblos sometidos al arbitrio de la tiranía, coincidente con el derecho de resistencia popular frente a los abusos de autoridad de la monarquía absoluta.
Sociedad civil:
Cuerpo político resultante del pacto original, en virtud del cual los individuos renuncian a su libertad irrestricta y a su capacidad ejecutiva individual para transferirlas a la comunidad o al Estado.
Tolerancia:
Principio cardinal del liberalismo que sitúa la coexistencia armónica y la magnanimidad por encima de imposiciones dogmáticas, otorgando sentido histórico al concepto de sociedad libre.
Voluntad de la mayoría:
Mecanismo democrático defendido por Locke para articular las decisiones colectivas de la sociedad concebida como un solo cuerpo unificado, consistente en acatar las determinaciones adoptadas por la mayoría.