Principio de norma minima

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Bolilla II

Principios Fundamentales del Derecho del Trabajo:


Son las ideas inmutables y esenciales de las cuales se sustenta el derecho laboral a traves de funciones interpretativas,integrativas o normativas y por último de caracter informadoras.Su finalidad es la de proteger al trabajador como parte mas devil de la relación laboral.
1. Principio protectorio:(art.
14 bis CN) se refiere a las condiciones dignas de trabajo etc..
2. Principio de integración y actuación colectiva: (art. 14 bis CN) consiste en la participación de las ganancias de la empresa con control de la producción y colaboración en la dirección.
3. Principio de las condiciones mas veneficiosas: se encuentran en los arts. 7 y 13 de la LCT.
4. Principio del régimen mas favorable: estipulado en el art. 9 primera parte de la LCT.
5. Principio del "indubio pro operario": redactado en el art. 9 segunda parte.
6. Principio de la integración normativa: establecido en el art. 11 de la LCT.
7. Principio de la Irrenunciabilidad: (art. 12 LCT) se lo nombra tambien en los arts. 7,15 y en el 58 (renuncia al empleo) y 60 (firma en blanco). En los arts. 240 y 241 de la ley se establece las formas y modalidades de la renuncia del contratomde trabajo. A que cosa no se puede renunciar? los autores coinciden en que no se pueden renunciar a las llamadas "normas de orden público laboral".Pero que pasaria si las condiciones laborables son mas beneficiosas que estas normas? con respecto a esto la doctrina la doctrina no se pone de acuerdo,algunos opinan que se podria renunciar a ellas y otros no.Algunos opinan que hay que ver si esas condiciones no estarian viciadas.Tala dice que si se podrian renunciar a dichas condiciones, y en este caso estariamos hablando de una "novación".
8. Principio de continuidad del contrato:(art. 10 LCT) complementados por los arts. 43,58,90,240241,245 y 225.
9. Principio de la primacia de la realidad: (art. 23 de la LCT) Este principio otorga prioridad a los hechos, es decir, a lo que efectivamente ha ocurrido en la realidad, sobre las formas o apariencias o lo que las partes han convenido: el contrato de trabajo es un "contrato-realidad".
10 Principio de la Buena Fe: (arts. 62 y 63 LCT) Es un principio y un deber de conducta recíproco de las partes que si bien no es específico del derecho del trabajo, adquiere esencial relevancia, ya que el contrato no sólo contiene prestaciones de carácter patrimonial, sino también deberes de conducta.
11 Principio de Equidad: (art. 11 ultima parte LCT) Se puede definir la equidad como la justicia del caso concreto. El principio está consagrado en el art. 11LCT. La equidad cumple dos funciones esenciales en la formación de la norma particular: la interpretación del derecho positivo y la función integradora del derecho para llenar las lagunas del sistema jurídico.
12.Principio de la Gratuidad: (art. 20 LCT) Es el principio que garantiza el acceso gratuito de los trabajadores a la justicia para reclamar por sus derechos. Se materializa en la eximición a los trabajadores del pago de la tasa de justicia, y en la etapa prejudicial en la posibilidad de remitir intimaciones telegráficas y hacer denuncias en sede administrativa sin costo alguno.
13.Principio de Suficiencia y justicia en la remuneración (Art. 14 bis CN)

Fuentes del Derecho Laboral

Concepto
Se debe diferenciar la fuente material de la fuente formal.
La fuente material es un hecho o factor social que surge como consecuencia de una necesidad de la sociedad o de un sector de ella; adquiere especial importancia en determinado momento y lugar (por ejemplo, la Revolución Francesa); es un hecho histórico que da origen a una norma jurídica. Por lo tanto, se trata del antecedente de una norma y del factor gravitante que motiva su sanción.
Justamente, la fuente formal es la norma que surge de ese hecho social que, a su vez, es la exteriorización de una necesidad de la sociedad o de parte de ella. Esa norma jurídica -ley, decreto, resolución-, que constituye una fuente formal de origen estatal, debe reflejar lo más fidedignamente posible el hecho social.

Fuentes:


1. Constitución Nacional
2. Tratados Internacionales (art. 75 inc. 22 CN)
3. Leyes en general
4. Jurisprudencia
5. Usos y Costumbres

Fuentes Propias del D. Laboral:


1. Leyes y estatutos profesionales.
2. Laudos
3. Convenciones internacionales
4. Reglamentos de la empresa
5. Usos y costumbres de la empresa.

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