Principios Fundamentales y Conceptos Esenciales del Sistema Tributario

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Principios del Orden Tributario

  • Capacidad económica: Los tributos han de basarse en la capacidad económica de las personas llamadas a satisfacerlos.
  • Igualdad: Todos somos iguales ante la ley.
  • Generalidad: Todos los ciudadanos contribuirán al sostenimiento de los gastos públicos.
  • Progresividad: A medida que aumenta la renta y la riqueza, se debe contribuir en mayor proporción.
  • Legalidad: Para el establecimiento de un tributo se exige una ley específica.
  • Seguridad jurídica: La aplicación de la ley debe ser igual para todos.

Conceptos Fiscales Básicos

  • Hecho imponible: Es el presupuesto de naturaleza jurídica o económica fijado por la ley para configurar cada tributo y cuya realización origina el nacimiento de la obligación tributaria (ej. obtención de rentas para el IRPF).
  • Exención tributaria: Tiene lugar cuando una norma fiscal contiene determinados supuestos en los que, aun cuando se produce el hecho imponible, no se genera la obligación tributaria de pago por razones objetivas y subjetivas.
  • Sujeto pasivo: Es la persona natural o jurídica a la que la ley obliga al cumplimiento de las prestaciones tributarias, sea como contribuyente o como sustituto del mismo. El contribuyente es la persona a la que la ley impone la carga tributaria derivada del hecho imponible.
  • Base imponible: La cuantificación y valoración del hecho imponible conforme a las normas y métodos que la ley propia de cada tributo establezca para su determinación (ej. en el IVA, la base imponible es lo facturado).
  • Cuota tributaria: Se establece de forma proporcional o bien mediante una cantidad fija sobre la base liquidable, resultante de sumar o restar a la base imponible determinados conceptos.
  • Deuda tributaria: Está constituida por la cuota en sentido estricto o, bien en sentido amplio, por los recargos o los intereses de demora.

Formas de Extinción de la Deuda Tributaria

  1. Pago: Se puede realizar en efectivo o mediante efectos timbrados.
  2. Prescripción: Se caracteriza por la inactividad del titular del crédito durante el plazo señalado por la ley.
  3. Compensación: La LGT permite la compensación total o parcial de la deuda tributaria.
  4. Condonación: La condonación de deudas tributarias debe ser recogida por la ley.
  5. Insolvencia: La LGT prevé que, cuando las deudas tributarias no se hayan hecho efectivas debido a la insolvencia probada, se declararán provisionalmente extinguidas.

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