Reservas en los tratados internacionales: concepto, momentos y requisitos
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Resumen
El texto explica qué es una reserva en los tratados internacionales multilaterales, es decir, la manifestación de voluntad de una parte para no aplicar ciertas disposiciones. Describe en qué momentos puede formularse, los límites que impone el tratado y su objeto y forma. También aborda la posibilidad de modificar una prohibición de reservas y los casos en que se exige la aprobación de los Estados parte.
Puntos clave
- Una reserva es la manifestación de voluntad de una o más partes de un tratado multilateral para que ciertas disposiciones no les sean aplicables.
- Las reservas pueden formularse en la negociación, en la adopción del texto, antes de la firma o rúbrica, y dentro de la ratificación internacional.
- No se puede formular reserva en el proceso de ratificación interna de cada Estado.
- Las reservas solo son posibles en tratados multilaterales, no en bilaterales.
- No se pueden formular reservas sobre disposiciones que constituyan el sentido, objeto o fin del tratado, ni cuando el tratado lo prohíba.
- Las reservas deben formularse por escrito, especificando las disposiciones afectadas.
- Las partes pueden modificar de común acuerdo una prohibición de reservas contenida en el texto original.
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La Reserva en los Tratados Internacionales
Se denomina reserva a aquella manifestación de la voluntad que puede aplicar una o más partes que hayan celebrado un tratado multilateral, a fin de que una o más disposiciones del mismo no le sean aplicables. Por ende, la parte se sustrae de los efectos de dicho tratado por entender que este puede ser dañino o perjudicial a sus intereses.
Momento para Interponer la Reserva
La reserva puede interponerse en distintos momentos:
- En la negociación.
- En la adopción del texto.
- Antes de la firma o de la rúbrica.
- Dentro de la ratificación internacional.
Nunca podrá formularse reserva en el proceso de ratificación interna de cada Estado, ya que esta no es una atribución de los parlamentos, puesto que el tratado es un documento esencialmente de raigambre internacional.
Objetivo y Requisitos de las Reservas
Las reservas tienen por objetivo que las partes no se vean eventualmente afectadas por una o más disposiciones de un tratado. Estas se podrán formular frente a los siguientes requisitos:
1. Naturaleza del Tratado
Que el tratado sea multilateral. Sería un contrasentido formularlas en tratados bilaterales, ya que estos son, por regla general, una expresión ostensible de la voluntad de las partes involucradas en su celebración.
2. Límites a la Formulación
No se podrán realizar más reservas que aquellas que el tratado permita o autorice. Además:
- La reserva no debe estar prohibida por el tratado. Esto se traduce en que su solicitud o presentación debe estar autorizada formalmente por el tratado. Ejemplo: El Tratado de Roma de 1998, que reglamenta y crea la Corte Penal Internacional de La Haya, prohíbe la formulación de reservas.
- No se podrán formular reservas respecto de aquellas disposiciones que constituyan el sentido, objeto o fin por el que dicho tratado se ha creado.
- Las reservas deben formularse siempre por escrito, indicándose o especificándose qué disposiciones han de ser objeto de esta reserva. Ejemplo: Se formulan reservas respecto de las disposiciones 1, 43, etc., especificando.
Modificación de la Prohibición de Reservas
Puede suceder que un tratado en su texto original prohíba la formulación de reservas, pero las partes de común acuerdo pueden reformar tal decisión, sea que hayan variado las condiciones o simplemente por el acuerdo entre las partes.
Aprobación Requerida
Existen tratados en los cuales la reserva además debe contar con la aprobación de los Estados que forman parte del tratado. Dicha diferencia está determinada también por el número de integrantes; si se trata de tratados multilaterales de un número reducido de integrantes (inferior a 10 Estados), la necesidad de aprobación puede ser más estricta.
Preguntas frecuentes
¿Qué es una reserva en un tratado internacional?
Es la manifestación de voluntad de una o más partes de un tratado multilateral para que una o más disposiciones no les sean aplicables. Con ella, la parte se sustrae de los efectos de esas disposiciones.
¿Se pueden formular reservas en tratados bilaterales?
No, según el texto. Formularlas en tratados bilaterales sería un contrasentido, porque estos expresan de forma ostensible la voluntad de las partes que los celebran.
¿En qué momento no se puede formular una reserva?
Nunca se puede formular una reserva en el proceso de ratificación interna de cada Estado, porque no es una atribución de los parlamentos.
¿Cómo debe formularse una reserva?
Siempre por escrito, indicando qué disposiciones son objeto de la reserva.
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