Propiedad Horizontal, Fincas y Responsabilidad Extracontractual Objetiva: Conceptos Clave

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¿En qué consiste la Propiedad Horizontal?

Así como un edificio puede pertenecer en su totalidad a una sola persona, también es posible que la propiedad de sus diferentes pisos corresponda a varias personas. En este caso, cada propietario tiene la propiedad exclusiva de su piso o local y, a su vez, es copropietario de los elementos comunes del inmueble, tales como el solar, el portal, las escaleras, etc.

Cuota de Participación

A cada propietario se le asignará una cuota de participación en el total del inmueble. Esta cuota se calcula tomando como referencia:

  • La superficie útil total de su piso o local.
  • Su emplazamiento interior o exterior.
  • Su situación.
  • El uso que se presuma que va a efectuar de los servicios comunes.

Esta cuota de participación servirá para determinar su contribución a los gastos de la comunidad.

Estatutos de la Comunidad

En la escritura de constitución de la Propiedad Horizontal se podrán incluir los denominados "estatutos de la comunidad". Estos estatutos son normas particulares que regulan aspectos como:

  • El uso o destino del edificio.
  • Las instalaciones y servicios.
  • La administración y el gobierno.
  • Los seguros.
  • La conservación y las reparaciones.

Estos estatutos pueden ser inscritos en el Registro de la Propiedad. Actualmente, es frecuente que las funciones administrativas se encomienden a los "administradores de fincas", profesionales especializados en estas gestiones.

Tipos de Bienes Considerados "Finca" en el Ámbito Registral

El concepto de "finca" en el sentido registral abarca cinco tipos de bienes:

  1. Fincas en sentido estricto: Terrenos, estén edificados o no.
  2. Pisos en Propiedad Horizontal: Como se ha descrito anteriormente.
  3. Explotaciones agrícolas e industriales.
  4. Aguas de dominio privado.
  5. Concesiones administrativas: Incluyen concesiones mineras, de obras públicas y de aprovechamiento de aguas públicas.

Supuestos Legales de Responsabilidad Extracontractual Objetiva

La responsabilidad extracontractual objetiva implica la obligación de reparar un daño causado, independientemente de la existencia de culpa o negligencia. A continuación, se detallan algunos supuestos legales:

Responsabilidad por Circulación de Vehículos a Motor

Todo conductor tiene la obligación de reparar los daños causados a personas o cosas. Las excepciones a esta responsabilidad son:

  • Que el hecho se deba únicamente a la culpa del perjudicado.
  • Fuerza mayor, excluyendo los defectos del vehículo o fallos en sus piezas o mecanismos.

Responsabilidad por Navegación Aérea

Se refiere a los daños ocasionados durante el transporte aéreo. Las indemnizaciones están reguladas por la Ley de Navegación Aérea de 1960, que también establece un seguro obligatorio para la cobertura de riesgos.

Daños Causados por la Energía Nuclear

El explotador de una instalación nuclear, o de cualquier otra que produzca o trabaje con materiales radiactivos, será responsable de forma objetiva de los daños nucleares que se generen.

Daños Causados en el Ejercicio de la Caza

Se establece la responsabilidad objetiva del cazador, salvo en casos de culpa del perjudicado o fuerza mayor. Además, existe la obligación de contratar un seguro correspondiente.

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