Régimen Legal del Síndico Concursal y Requisitos del Concurso Preventivo
Apelación en el Proceso Concursal
Conforme al artículo 285 de la LCQ, solo es apelable la resolución que pone fin al incidente. Dicho recurso será en relación y con efecto suspensivo.
La Figura del Síndico
Los síndicos son funcionarios del concurso cuyas funciones son indelegables. Según el artículo 252, actúan como controladores y coadministradores.
- Naturaleza jurídica: El síndico emana de la voluntad del juez y representa al patrimonio de la masa, siendo el resultado de la elección de los acreedores bajo control judicial.
- Designación (Art. 253): La Cámara de Apelaciones confecciona cada 4 años dos listas: la Lista A (estudios contables) y la Lista B (contadores). Se designan 15 síndicos por juzgado y 10 suplentes. Su actuación se extiende hasta la homologación del acuerdo preventivo.
- Causas de remoción: Negligencia, falta grave o mal desempeño de sus funciones.
Requisitos Formales del Concurso Preventivo (Art. 11 LCQ)
El escrito y la documentación agregada deben acompañarse en dos copias firmadas.
Presentación incompleta
Corresponde su rechazo de oficio. El plazo de 10 días improrrogable que concede el artículo en su última parte no es para salvar olvidos u omisiones, sino para completar recaudos que fundadamente no se han podido cumplir en la oportunidad de la presentación.
Documentación y exigencias legales
- Inscripción en el Registro Público: Debe acompañarse un certificado de la inscripción; las sociedades y otros entes ideales deberán adjuntar los instrumentos constitutivos y modificatorios.
- Denuncia del estado de cesación de pagos: Es un presupuesto legal fundamental. Debe indicarse la fecha; la omisión de la misma no es causal, por sí sola, de rechazo, salvo que exista una intimación al respecto. Este inciso debe correlacionarse con el artículo 79 de la LCQ, bastando acreditar alguno de los hechos invocados.
- Información contable: Estado detallado del activo y el pasivo, copias del balance e individualización de los acreedores y libros de comercio.
Competencia Judicial (Art. 3 LCQ)
El plazo para la presentación es de 10 días hábiles judiciales ante el juez competente:
- Personas de existencia visible: El juez del lugar de la sede de la administración de sus negocios; a falta de esta, el del lugar del domicilio. Si el deudor tuviere varias administraciones, será el del lugar de la sede de la administración principal.
- Personas de existencia ideal (privadas): Entiende el juez del lugar del domicilio.
- Deudores domiciliados en el extranjero: El juez del lugar del establecimiento de explotación principal.