Sucesión hereditaria: definición, características, clases y legítima

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Resumen

El documento explica el derecho de sucesiones como rama del derecho civil que regula la transmisión de bienes, derechos, acciones y obligaciones por causa de muerte. Recorre la apertura de la sucesión, sus elementos y características, las clases de sucesión (a título universal y particular, legal y testamentaria), la aceptación de la herencia y el beneficio de inventario. También trata el parentesco, la legítima, el reintegro, la reducción, el acrecimiento y la sucesión ab intestato.

Puntos clave

  • El derecho de sucesiones regula la transmisión de derechos, acciones, bienes y obligaciones por causa de muerte.
  • Las características de la sucesión hereditaria son universalidad, indiscriminalidad, indivisibilidad y equitatividad.
  • La sucesión se clasifica por su género en título universal y título particular, y por su especie en legal (ley) y testamentaria (testamento).
  • La aceptación de la herencia puede ser pura y simple o con beneficio de inventario, y esta última solo puede ser expresa ante un juez competente.
  • Las legítimas son 4/5 para los descendientes, 2/3 para los ascendientes y 2/3 para el cónyuge.
  • El acrecimiento consiste en agregar a la cuota de los coherederos la porción vacante de un heredero que no ha podido adquirir la herencia.

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¿Qué es la sucesión hereditaria?

Rama del derecho civil que regula las transmisiones del derecho bienes acciones y obligaciones de una persona por causa de muerte.

La apertura y su determinación

La apertura consiste en el inicio de una trasmisión de la sucesión de una persona por causa de muerte. La determinación de apertura se basa en el domicilio, nacionalidad y fallecimiento en el extranjero.

Formas de deferencia y delación

Se rigen por el principio de la ley y la voluntad.

Fundamento

Se encuentra en la doctrina del derecho civil por sucesiones mortis causa.

Definición del derecho de sucesiones

Conjunto de normas jurídicas contenidas en el código civil libro 4 que es la transmisión de derechos acciones bienes y obligaciones por causa de muerte o inter vivos.

Elementos de la sucesión hereditaria

Se dividen en personales, reales y formales.

Características

Universalidad, indiscriminalidad, indivisibilidad y equitatividad.

Clases de sucesión y fuentes del derecho sucesorio

En razón a su género

Se dividen en a título universal y particular.

En razón a su especie

Se clasifican en ley y testamento.

Fuentes

Se encuentran en la ley y la voluntad.

Definición de heredero y clases

Es aquella persona natural o jurídica capaz de suceder como titular de una sucesión. Las clases se dividen en legales (forzosos y simplemente legales) y testamentarios (legatarios y acreedores).

Concepto de adquisición de la herencia y clases de posesión sobre bienes hereditarios

Hecho de obtener la propiedad de una cosa que antes era de otra persona o que no tenía dueño. Las clases de posesión se dividen en ipso jure o de pleno derecho y posesión judicial.

Capacidad jurídica para suceder y causas de incapacidad

Es toda la idoneidad o aptitud que se tiene para ser titular de derechos y obligaciones. Las causas de incapacidad incluyen los que no se encuentren concebidos, los concebidos nacidos muertos, los excluidos por causa de indignidad y los desheredados.

Conjunto de bienes, derechos, acciones y obligaciones que constituyen el objeto de la transmisión sucesoria

Se lo denomina herencia o patrimonio sucesorio. Está compuesto por bienes materiales o corporales y bienes inmateriales o incorporales.

Clases de sucesión y características

Las clases se dividen en a título universal y a título particular. La sucesión a título universal responde con las cargas, deudas y sucede de pleno derecho.

Aceptación de herencia y formas

Consiste en el acto expreso o tácito que hace el heredero que es llamado a la herencia. Se viabiliza mediante sus representantes legales. Las formas son pura y simple y con beneficio de inventario.

Aceptación con beneficio de inventario

Se llama sucesión o aceptación de la herencia con beneficio de inventario. No puede ser tácita, solo expresa ante un juez competente. Cuando a la herencia son llamados los menores de edad o interdictos.

Parentezco y clases

Es la relación familiar que existe entre 2 personas o más aun después de la muerte. Las clases incluyen consanguinidad o natural, civil o de adopción, afinidad o legal, y espiritual o religioso.

Establecimiento de la relación sucesoria y concepto de la legítima

El establecimiento de la relación sucesoria se determina por la proximidad del parentezco. La legítima es aquella instituida en protección de los derechos de los herederos forzosos. Corresponde la porción de libre disponibilidad a los descendientes, ascendientes, cónyuge o conviviente.

Legítimas y partes que corresponden

Las legítimas de los descendientes son 4/5, de los ascendientes 2/3 y del cónyuge 2/3.

Instituto de reintegro de legítima y reducción de la porción disponible

La finalidad es restituir al porcentaje previsto en la ley. La reducción es una figura jurídica que faculta a los herederos forzosos establecer la porción cuantitativa de la porción disponible. El orden de la reducción incluye las disposiciones testamentarias y donaciones.

Cálculo de la porción disponible y titulares del reintegro y la reducción

Es de acuerdo a la fórmula de hipótesis. Los titulares del reintegro son los herederos forzosos y herederos causahabiente.

Concepto de acrecimiento y requisitos

Es el hecho de agregar a la cuota de la herencia de los coherederos la porción del heredero forzoso que no ha podido adquirir la herencia. Los requisitos incluyen pluralidad, porción vacante, premoriencia o renuncia, y unidad del objeto.

Sucesión legal o ab intestato, fundamentos y orden sucesorio

Se produce en virtud de la ley. Sus fundamentos se encuentran en los vínculos de familiaridad que existe entre el de cuius y su herederos. El orden sucesorio incluye hijos descendientes, padres ascendientes, cónyuge o conviviente y parientes colaterales.

Representación y motivos

Hace subentrar a los descendientes en el lugar y grado de los ascendientes que hayan sido desheredados, indignos o hayan renunciado a la herencia. Los motivos incluyen renuncia, premoriencia, indignidad y desheredación.

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Preguntas frecuentes

¿Qué es la sucesión hereditaria?

Es la rama del derecho civil que regula la transmisión de derechos, acciones, bienes y obligaciones de una persona por causa de muerte.

¿Cuáles son las formas de aceptar una herencia?

Las formas son pura y simple y con beneficio de inventario. La aceptación puede ser expresa o tácita, salvo la aceptación con beneficio de inventario, que solo puede ser expresa ante un juez competente.

¿Qué es la legítima?

Es la porción instituida en protección de los derechos de los herederos forzosos. Corresponde a los descendientes, ascendientes, cónyuge o conviviente.

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1. ¿Qué regula el derecho de sucesiones?
2. ¿Cuáles son las características de la sucesión hereditaria?
3. ¿Qué porcentaje de legítima corresponde a los descendientes según el texto?
4. ¿Cuándo es posible aceptar la herencia con beneficio de inventario?
5. ¿Qué es el acrecimiento?
6. ¿Cuál es el fundamento de la sucesión legal o ab intestato?

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