Teoría romana del derecho

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Hay personas que dicen que hay otras causas quien Caracalla No dice:
Causa económica o tributaria: recaudar impuestos x que hay impuestos que solo Paga el ciudadano romano, Caracalla dicta esta ley para recaudar+ (el impuesto A la herencia) y logro multiplicar hasta 4 veces +de dinero.
Se dice que esta causa es la verdadera.

*Repercucion de ley en la península ibérica: Esta ley en la península Ibérica su importancia es mejor, ya que en España (cuando caracalla dicta esta Ley) ya había asado mucho tiempo de la ley de vespasiano y de Adriano y como Estas leyes estaban vigentes, cuando se dicta la ley de caracalla hay mucho Ciudadanos romanos en España (x lo de la ciudadanía, x magistratura,etc) x eso Su efecto de ley es menor (secundario), pero fue +importante en provincias.


*Importancia de esta ley Caracalla para la historia del d°: -ya ha pasado mucho Tiempo, pero es una ley de mucha importancia en el d°) ya que el derecho romano Era personal y restringido y luego con la ley de caracalla pasa a ser Territorial(factor o elemento para aplicar el d° romano no es personal, es del Territorio-dentro de la orbe) donde se aplica a un montón mas de personas y Hace que se aplique en las provincias del Imperio y entra en contacto con Elementos que lo aleran y cambian x influencia de factores externos (como el Cristianismo) y también con la costumbre jurídica provincial D°consetudiniario Y otro que afecta en el Germanismo->costumbres jurídicas de los pueblos germánicos Que influye en Roma.
Y se va formando en provincias (es distinto al de la urbe) un derecho mas Distinto, confusión de conceptos ->d°romano vulgar o propio de las Provincias. Fue el d°romano que se aplico del siglo 4 al 11 dc.  (ItaloM.) ->>>>>Heinrich Brumner. 1880.

Derecho Romano Vulgar-> desde Caracalla a Contastino 212-312.

No es de la época romana y el primero que isa esta expresión Es un profesor Alemán Henrich Brunner y lo plantea x 1 vez en un libro Publicado en Berlín en el año 1880, donde se titula “Vulgar Recht” / El compara El derecho romano con el latín Brunner dice que el idioma latino (que se Hablaba en el centro de Italia que se iba extendiendo y cuando los romanos Llevan el latín a provincias, comienza a recibir influencia de otras Lenguas(idiomas) y ocurre que el latín que se habla en provincia es distinto al Que se habla en Roma (y va a seguir cambiando) y luego comienza a dar origen a Otros idiomas.
Ej-> romance->castellano (centro de España: Griego, Latín, Godo(Germánicos)  y Árabe). Latín fue dando origen a otros Lenguajes y eso mismo sucede con el d° pero con Caracalla con influencia del Cristianismo, etc.

La vulgarización se profundiza en Occidente, ya que en Oriente el d° romano revive con el corpus iuris civiles(de Justiniano siglo 6 Dc), los emperadores frenan su proceso.

*Tareas de Italo de Merelo. (pag.38 aprox).

Magistratura.  Los Principales magistrados existentes en las ciudades provinciales de tipo romano Son: los duoviri, los aediles y los quaestores.  Donde representan cargos de gobierno y administración en dichas Ciudades. Y las decisiones debían tomarse entre los dos o mas personas (que Eran de la magistratura). Y cada magistraturaa desempeñan distintas funciones, según El ámbito especifico de su protestad (pluralidad). ////Ya están sus 4 def. Anteriores; temporalidad, etc.
Curia (senado): esta compuesto x 100 o mas miembros, que eran designados con carácter Vitalicio x el censor local. Tiene función de índole consultiva y Deliberativas, representación exterior de la ciudad, etc. Éste legisla, Fiscaliza los actos de administración y tiene la representación exterior de la Ciudad.
Pueblo: forman parte de el los oriundos del municipio y los domiciliados en la Ciudad. Se hallaban distribuidos en curias o tribus (organización romana Primitiva) Se reunían en comicios o asambleas populares presididos x los Magistrados locales. En el siglo 11dc los comicios de los municipios y colonias Dejan de reunirse, asumiendo sus funciones a partir del senado o curia Municipal.  
Pertenecen al comicio todos los nacidos en el municipio o que tengan residencia En él.

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