Teoría romana del derecho
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Hay personas que dicen que hay otras causas quien Caracalla
No dice:
Causa económica o tributaria: recaudar impuestos x que hay impuestos que solo
Paga el ciudadano romano, Caracalla dicta esta ley para recaudar+ (el impuesto
A la herencia) y logro multiplicar hasta 4 veces +de dinero.
Se dice que esta causa es la verdadera.
*Repercucion de ley en la península ibérica: Esta ley en la península Ibérica su importancia es mejor, ya que en España (cuando caracalla dicta esta Ley) ya había asado mucho tiempo de la ley de vespasiano y de Adriano y como Estas leyes estaban vigentes, cuando se dicta la ley de caracalla hay mucho Ciudadanos romanos en España (x lo de la ciudadanía, x magistratura,etc) x eso Su efecto de ley es menor (secundario), pero fue +importante en provincias.
*Importancia de esta ley Caracalla para la historia del d°: -ya ha pasado mucho
Tiempo, pero es una ley de mucha importancia en el d°) ya que el derecho romano
Era personal y restringido y luego con la ley de caracalla pasa a ser
Territorial(factor o elemento para aplicar el d° romano no es personal, es del
Territorio-dentro de la orbe) donde se aplica a un montón mas de personas y
Hace que se aplique en las provincias del Imperio y entra en contacto con
Elementos que lo aleran y cambian x influencia de factores externos (como el
Cristianismo) y también con la costumbre jurídica provincial D°consetudiniario
Y otro que afecta en el Germanismo->costumbres jurídicas de los pueblos germánicos
Que influye en Roma.
Y se va formando en provincias (es distinto al de la urbe) un derecho mas
Distinto, confusión de conceptos ->d°romano vulgar o propio de las
Provincias. Fue el d°romano que se aplico del siglo 4 al 11 dc. (ItaloM.) ->>>>>Heinrich
Brumner. 1880.
Derecho Romano Vulgar-> desde Caracalla a Contastino 212-312.
No es de la época romana y el primero que isa esta expresión
Es un profesor Alemán Henrich Brunner y lo plantea x 1 vez en un libro
Publicado en Berlín en el año 1880, donde se titula “Vulgar Recht” / El compara
El derecho romano con el latín Brunner dice que el idioma latino (que se
Hablaba en el centro de Italia que se iba extendiendo y cuando los romanos
Llevan el latín a provincias, comienza a recibir influencia de otras
Lenguas(idiomas) y ocurre que el latín que se habla en provincia es distinto al
Que se habla en Roma (y va a seguir cambiando) y luego comienza a dar origen a
Otros idiomas.
Ej-> romance->castellano (centro de España: Griego, Latín, Godo(Germánicos)
y Árabe). Latín fue dando origen a otros
Lenguajes y eso mismo sucede con el d° pero con Caracalla con influencia del
Cristianismo, etc.
La vulgarización se profundiza en Occidente, ya que en Oriente el d° romano revive con el corpus iuris civiles(de Justiniano siglo 6 Dc), los emperadores frenan su proceso.
*Tareas de Italo de Merelo. (pag.38 aprox).
Magistratura. Los
Principales magistrados existentes en las ciudades provinciales de tipo romano
Son: los duoviri, los aediles y los quaestores.
Donde representan cargos de gobierno y administración en dichas
Ciudades. Y las decisiones debían tomarse entre los dos o mas personas (que
Eran de la magistratura). Y cada magistraturaa desempeñan distintas funciones, según
El ámbito especifico de su protestad (pluralidad). ////Ya están sus 4 def.
Anteriores; temporalidad, etc.
Curia (senado): esta compuesto x 100 o mas miembros, que eran designados con carácter
Vitalicio x el censor local. Tiene función de índole consultiva y
Deliberativas, representación exterior de la ciudad, etc. Éste legisla,
Fiscaliza los actos de administración y tiene la representación exterior de la
Ciudad.
Pueblo: forman parte de el los oriundos del municipio y los domiciliados en la
Ciudad. Se hallaban distribuidos en curias o tribus (organización romana
Primitiva) Se reunían en comicios o asambleas populares presididos x los
Magistrados locales. En el siglo 11dc los comicios de los municipios y colonias
Dejan de reunirse, asumiendo sus funciones a partir del senado o curia
Municipal.
Pertenecen al comicio todos los nacidos en el municipio o que tengan residencia
En él.