Tributación de los Rendimientos del Trabajo y del Capital Mobiliario en el IRPF

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Rendimientos del Trabajo

Rendimientos Íntegros

Se consideran rendimientos íntegros todas las contraprestaciones, ya sean dinerarias o en especie, que se deriven del trabajo personal; es decir, cuando se deriven del trabajo dependiente.

Dentro de esta categoría se incluyen los siguientes conceptos:

  • Sueldos y salarios.
  • Las dietas y asignaciones para gastos de viaje.
  • Las prestaciones por desempleo.
  • Las pensiones y haberes pasivos.
  • Las prestaciones percibidas por los beneficiarios de planes de pensiones.
  • Las pensiones compensatorias a favor del cónyuge.
  • Las anualidades percibidas por quienes colaboren en actividades humanitarias o de asistencia social promovidas por entidades sin ánimo de lucro.

Gastos Deducibles

Para la determinación del rendimiento, se restarán los gastos deducibles, que comprenden:

  • Cotizaciones a la Seguridad Social.
  • Cuotas satisfechas a sindicatos y colegios profesionales (si la colegiación es obligatoria).
  • Gastos de defensa jurídica derivados de litigios con el empleador.

Rendimiento Neto

El rendimiento neto se calcula como el rendimiento íntegro menos los gastos deducibles.

Reducciones

El rendimiento neto del trabajo se podrá minorar en determinadas cuantías detalladas en la ley. La cuantía máxima de esta reducción no podrá ser superior al importe positivo del rendimiento neto del trabajo.

Rendimiento Neto Reducido

Se define como el rendimiento neto menos la cuantía de la reducción aplicada.


Rendimientos del Capital Mobiliario

Rendimientos Íntegros

Son aquellos obtenidos por los siguientes conceptos:

  • La participación en fondos propios de cualquier entidad (dividendos).
  • Los rendimientos obtenidos por la cesión a terceros de capitales propios (intereses).
  • Los rendimientos derivados de la amortización o transmisión de activos financieros (letras, obligaciones o bonos).
  • Los procedentes de la propiedad industrial e intelectual cuando el contribuyente no sea el autor.
  • Los procedentes de contratos de seguros de vida o invalidez.

Gastos Deducibles

En esta categoría, únicamente se consideran como tales los gastos de administración y depósito de valores negociables.

Rendimiento Neto

Se obtiene restando los gastos deducibles a los rendimientos íntegros.

Reducciones

Se le podrán aplicar las reducciones que se establezcan legalmente. Actualmente, se contemplan reducciones para:

  • Rendimientos procedentes de operaciones de capitalización y de contratos de seguro de vida o invalidez.
  • Rendimientos con un periodo de generación superior a dos años o aquellos obtenidos de forma irregular en el tiempo.

Rendimiento Neto Reducido

Es el resultado de restar las reducciones correspondientes al rendimiento neto.

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