Clasificación y Régimen Jurídico de las Obligaciones Mancomunadas y Solidarias
Clasificación y Régimen de las Obligaciones según su Estructura
Obligaciones Parciarias, Mancomunadas o a Prorrata
En las obligaciones parciarias, mancomunadas o a prorrata, cada uno de los acreedores está facultado para pedir, y cada uno de los deudores está obligado a pagar, una parte proporcional de la prestación. De este modo, la obligación se divide en tantas partes como sujetos activos o pasivos existan.
Obligaciones Solidarias
En las obligaciones solidarias, cada uno de los acreedores está facultado para pedir, y cada uno de los deudores está obligado a pagar, la prestación por entero.
Tipos de Solidaridad
- Si hay pluralidad de acreedores, la solidaridad es activa.
- Si hay pluralidad de deudores, se llama pasiva.
- Si hay pluralidad de