Estructura y Funciones de los Órganos Consultivos del Estado Español: Consejo de Estado y CES
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La Administración Consultiva
Precisiones Conceptuales
En materia de los órganos consultivos en España, el modelo implantado es el continental, que supone que se atribuye a un órgano externo e independiente la emisión de informes o dictámenes. Estos suelen ser colegiados y especializados. Cabe señalar que el carácter preceptivo o facultativo del informe lo determina la legislación.
El Consejo de Estado
El Consejo de Estado es un órgano constitucional, consultivo y colegiado. Su regulación está contenida en la LOCE (Ley Orgánica del Consejo de Estado) y en su Reglamento Orgánico. Está compuesto por:
- Un Presidente.
- El Secretario General.
- Los Consejeros, que pueden ser:
Composición de los Consejeros
- Consejeros permanentes: nombrados sin
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