Fundamentos del Reenvío y Marco Legal de la Adopción Internacional en el Derecho Internacional Privado
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El Reenvío en el Derecho Internacional Privado (DIP)
El Reenvío se plantea cuando la norma de conflicto del foro remite la regulación de un supuesto a un Derecho extranjero y este, a su vez, atendiendo a lo dispuesto en sus normas de conflicto, declara aplicable otro Derecho, bien sea el del propio foro, bien sea el de un tercer Estado.
Condiciones para la Operatividad del Reenvío
Para que pueda operar el reenvío es condición sine qua non que concurran las siguientes cuatro circunstancias (presupuestos o condiciones):
- Que la norma de conflicto del Estado del foro declare aplicable un ordenamiento extranjero.
- Que la autoridad del Estado del foro tome en consideración el Derecho extranjero en su totalidad, esto es, incluyendo sus normas de