Principios Constitucionales Clave: Artículos 1, 8, 14, 16 y 17 CPEUM
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1.- El Artículo 1° CPEUM nos da el principio PRO PERSONA
● Nos establece que si existe una confrontación entre 2 normas, los tribunales tienen la obligación de aplicar la que más beneficie a la persona. Esto no lo da el tribunal, hay que pedirlo.
○ 1.- Señalar cuál es el derecho fundamental cuya maximización se pretende.
○ 2.- Indicar la norma o interpretación que se prefiere al ser esta más favorable.
○ 3.- Motivar esa preferencia.
5.- Artículo 17 CPEUM → Nos da derecho al ACCESO A LA JUSTICIA
● Tiene que ser:
○ Imparcial
○ Expedita ○ Gratuita ○ Completa
Derecho de Petición y Artículo 8° CPEUM
2.- Artículo 8° CPEUM → nos da el DERECHO DE PETICIÓN → la obligación de la autoridad de contestar → 3 niveles de... Continuar leyendo "Principios Constitucionales Clave: Artículos 1, 8, 14, 16 y 17 CPEUM" »