Responsabilidad Penal por Delitos contra la Ordenación del Territorio y el Medio Ambiente
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Examen de Práctica 1: Delitos contra el Medio Ambiente y la Ordenación del Territorio
1. Bien jurídico protegido
Los delitos analizados protegen intereses de naturaleza colectiva y supraindividual:
- Ordenación del territorio (Art. 319): Se tutela la utilización racional del suelo según el interés general, impidiendo la especulación y garantizando un hábitat digno para el desarrollo humano (Art. 47 CE).
- Medio Ambiente y Recursos Naturales (Art. 325): El bien jurídico es el equilibrio de los sistemas naturales (aire, agua, suelo) como base de la vida silvestre y humana.
- Biodiversidad (Arts. 332 y 334): Se protege la conservación de la flora y fauna silvestre y la integridad de sus hábitats frente a agresiones que empobrecen la diversidad