Marco Legal de la Interacción Policial y Fiscal: Deberes y Derechos de la Víctima
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Artículo 81: Comunicaciones entre el Ministerio Público y la Policía
Las comunicaciones que los fiscales y la policía deban dirigirse en relación con las actividades de investigación de un caso particular se realizarán en la forma y por los medios más expeditos posibles.
Artículo 82: Imposibilidad de Cumplimiento de Órdenes
El funcionario de la policía que, por cualquier causa, se encuentre impedido de cumplir una orden que hubiere recibido del Ministerio Público o de la autoridad judicial, pondrá inmediatamente esta circunstancia en conocimiento de quien la hubiere emitido y de su superior jerárquico en la institución a la que pertenezca.
El fiscal o el juez que hubiere emitido la orden podrá sugerir o disponer las modificaciones... Continuar leyendo "Marco Legal de la Interacción Policial y Fiscal: Deberes y Derechos de la Víctima" »