Procedimiento de Reforma Constitucional en Uruguay
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Iniciativa Popular
El 10% de los ciudadanos inscriptos en el Registro Cívico Nacional pueden presentar un proyecto de reforma constitucional articulado. Este proyecto se elevará al Presidente de la Asamblea General y deberá ser sometido a decisión popular en la elección más inmediata. La Asamblea General, en reunión de ambas cámaras, podrá formular proyectos sustitutivos que se someterán a plebiscito junto con la iniciativa popular.
Iniciativa de la Asamblea General
La Asamblea General puede iniciar el proceso de reforma a través de proyectos que reúnan dos quintos del total de sus componentes. Estos proyectos:
- Se presentan al Presidente de la Asamblea General.
- Se someten a plebiscito.
- Requieren el voto afirmativo de la mayoría absoluta