Colaboración y Deberes de Información en la Inspección de Trabajo y Seguridad Social
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Acceso a la Información y Documentación
Cuando los libros, registros, documentos o información que el obligado deba conservar en relación con el cumplimiento de las obligaciones, propias o de terceros, establecidas en las normas del orden social, se conserven en soporte electrónico, deberá suministrarse en dicho soporte, en formato tratable y legible.
4) Tomar o sacar muestras de sustancias y materiales utilizados o manipulados en el establecimiento y obtener copias y extractos de los documentos a que se refiere el apartado 3.c).
d). Adoptar, en cualquier momento del desarrollo de las actuaciones, las medidas cautelares que estimen oportunas y sean proporcionadas a su fin, para impedir la destrucción, desaparición o alteración de la documentación... Continuar leyendo "Colaboración y Deberes de Información en la Inspección de Trabajo y Seguridad Social" »
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