Obligaciones y Responsabilidades del Contratista en la Construcción
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Obligaciones del Contratista
Ejecución de la Obra
Artículo 1774º
El contratista está obligado a:
- Hacer la obra en la forma y plazos convenidos en el contrato.
- Dar inmediato aviso al comitente de los defectos del suelo o de la mala calidad de los materiales proporcionados por éste.
- Pagar los materiales que reciba, si por negligencia o impericia del contratista, ya no se pueden utilizar en la obra.
Inspección de la Obra
Artículo 1777º
El comitente tiene derecho a inspeccionar, por cuenta propia, la ejecución de la obra. Si comprueba que el contratista no ejecuta conforme a lo convenido, puede fijar un plazo para que el contratista se ajuste a las reglas. Si no lo hace, el comitente puede solicitar la resolución del contrato.