Contratos en el derecho civil: concepto y clasificación de los tipos contractuales
Concepto de contrato
Contrato se define como todo acuerdo de voluntades entre dos o más personas, reconocido y tutelado por el derecho, dirigido a crear, modificar o extinguir obligaciones. Mientras que en el derecho civil actual el contrato es sinónimo únicamente del acuerdo de voluntades (art. 1089 C.C.), en el derecho romano, para que existiera contrato, al acuerdo de voluntades debía acompañarse una causa civilis (es decir, una determinada forma que tenía que revestir el acuerdo de voluntades) y una actio (acción procesal que protegiera dicho acuerdo de voluntades).
Clasificación de los contratos
1. Según la causa civilis:
- Formales: si requieren el cumplimiento de determinadas formalidades (orales o escritas) para su perfección. (