Protección Posesoria: Despojo, Violencia y Recuperación Legal
La Posesión en el Derecho Civil: Violencia, Despojo y Recuperación
En el ámbito de la posesión, cuando el despojante adquiere una posesión que antes tenía el despojado, esta se considera una posesión no pacífica. Sin embargo, esta calificación se mantiene solo mientras la violencia, ya sea física o psíquica, persista. En el momento en que dicha violencia desaparece, quien ostentaba una posesión violenta comienza a tener una posesión pacífica.
A partir del instante en que cesa la violencia, el despojado por quien la empleó puede ejercitar la tutela posesoria para recuperar la posesión. Para ello, dispone de un plazo de un año, que es el plazo de caducidad reconocido en el artículo 460, n.º 4 del Código Civil (CC), el artículo...